Que el día 25/8/2025, sobre las 7:00 de la mañana el barco sufrió una avería eléctrica, la cual nos dejó sin ningún servicio e impedía que el barco funcionara
Finalmente hacia las 14:00, consiguieron solucionar parcialmente la avería y pudimos ser remolcados hacia el puerto de destino de ese día, Nápoles, escoltados por guardia costera y remolcados parcialmente. Llegamos sobre las 20:00, EL retraso acumulado fue de 7 horas y media.
No pudimos disfrutar de la parada en Nápoles ni de la mayoría de excursiones de Messina.
Se hizo una reclamación formal en la recepción del barco de cual se negaron a darnos copia.
Solicito:
Según REGLAMENTO (UE) No 1177/2010 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de noviembre de 2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2006/2004
Indemnización o reembolso del 30% del importe abonado del crucero correspondiente por el tiempo no disfrutado según establecido en el programa, proporcional al coste de la reserva realizada y por el daño emocional provocado, y no la compensación de 300 euros para cubrir gastos que nos ingresaron en cuenta del barco que me parece una cantidad irrisoria para el tiempo que hemos perdido de disfrute.
Solicito también copia de la reclamación impuesta en el barco