Yo, Germán Rodríguez de la Fuente, mediante el presente escrito presento una reclamación formal contra la empresa PHILIPS por la falta de responsabilidad y atención adecuada ante un fallo técnico grave de uno de sus productos, que puso en riesgo mi seguridad personal y provocó daños materiales durante una estancia en un hotel.
HECHOS
1. En 2024 adquirí un cepillo eléctrico Philips modelo Philips HX9992/11 Sonicare 9900 Prestige Cepillo de dientes eléctrico, el cual comenzó a fallar durante una estancia en el hotel The Ivens, en Lisboa.
2. Durante la primera semana de julio, el producto sufrió una combustión mientras se encontraba enchufado a la batería portatil, generando humo, combustíon, olor a quemado y daños evidentes tanto en el dispositivo como en el mobiliario de la habitación. Dejando cepillo y accesorios inutiles.
3. Como consecuencia, el hotel retiró el aparato para su análisis y valoración de daños. Posteriormente, se me comunicó por escrito un cargo de 250 € por desperfectos, sobre el cual finalmente llegué a un acuerdo con el establecimiento.
4. Me puse en contacto de forma inmediata con el Servicio de Atención al Cliente de Philips, proporcionando información clara sobre el incidente, incluyendo fotos del cargador dañado y la carta del hotel certificando lo sucedido.
5. A pesar de la gravedad del caso y de haber colaborado en todo momento, Philips sigue exigiendo la entrega física del aparato, a pesar de que ya fue retirado por el hotel por razones de seguridad y no se encuentra en mi poder.
6. Hasta el momento, la empresa no ha ofrecido un reemplazo ni ha asumido responsabilidad alguna, limitándose a respuestas burocráticas que no resuelven el daño sufrido ni compensan la falta de fiabilidad del producto.
SOLICITO
1. Que la OCU admita a trámite esta reclamación, en virtud del artículo 51 de la Constitución Española y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
2. Que se inste a Philips a asumir la responsabilidad por el fallo técnico de su producto y a realizar el envío inmediato de un cepillo eléctrico de iguales o superiores características como reemplazo del defectuoso.
3. Que, en caso de no resolverse el conflicto, se traslade esta reclamación a los servicios de Consumo correspondientes o, en su defecto, se considere el inicio de acciones legales por daños y perjuicios.
Adjunto al presente:
• Copia del correo del hotel detallando el incidente y el acuerdo alcanzado.
• Capturas del correo de Philips y respuesta del consumidor.
• Fotografías del cargador afectado.
• Prueba de compra del producto.
Sin más, y esperando que se tomen medidas con la mayor brevedad posible, les saluda atentamente,
Fdo.
Germán Rodríguez de la Fuente