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Estimada cliente,
Acusamos recibo de su comunicación, relativa a la póliza Nº B1762BS210026001-INSESP-0176647.
En fecha 09/04/2025, declara un siniestro de hurto Nº expediente 25BE001879, con fecha de ocurrencia 05/04/2025.
Tal y como se estipula en su póliza, en el apartado “Condiciones de cobertura”: La cobertura de robo y hurto requerirá que el cliente tenga instalada la APP de Insurama, con la función de geolocalización activa, en el dispositivo asegurado. En caso de siniestro, será preciso que contemos con coordenadas de geolocalización enviadas desde el dispositivo asegurado, mediante la APP de Insurama, durante el día de acaecimiento del siniestro, y al menos de los 5 días anteriores a la fecha de acaecimiento del robo o hurto.
Verificando en nuestro sistema, se detecta que el equipo asegurado no tenía activa dicha función (que implica, no solo la instalación de la APP, sino también la aceptación y mantenimiento de los oportunos permisos de geolocalización), tal y como exige el condicionado de su póliza.
Nuestro sistema de geolocalización no aporta fallo, sino falta de registros, que resultan de la desconfiguración o no configuración inicial del modo “siempre” en los ajustes de los permisos de localización en el terminal. Esto puede deberse a alguno de los siguientes aspectos que, lamenmente, solo dependen del usuario del terminal asegurado:
1) Falta de vinculación de la APP al dispositivo asegurado, mediante IMEI;
2) Falta de aceptación de los permisos y configuración del modo “Siempre”;
3) La desactivación de la APP INSURAMA derivada del sistema de ahorro de energía y memoria del IOS;
4) La desactivación de los permisos de geolocalización por instalación de APPs de seguridad, integradas en el sistema operativo IOS u otras que puedan instalarse por iniciativa del usuario;
5) La desactivación de los permisos de geolocalización por actualización del sistema operativo IOS;
Estas coordenadas son requeridas, ya que de esta manera corroboramos que la ubicación que señala en denuncia (donde ocurrieron los hechos) coincide con los datos que nosotros hemos recopilado.
Para intentar continuar con los trámites del siniestro, le damos la oportunidad de aportar localización de otras plataformas. Sin embargo, la aportada en fecha 20/04/2025 ha resultado no ser válida, ya que no aporta datos, como mínimo, del momento del siniestro. Ante esto, nos vemos obligados a mantener la decisión de rechazo de cobertura, comunicada por escrito en fecha 10/04/2025.
Por último, aclarar que:
El cobro del resto de la anualidad al declarar siniestro es outra condición del contrato. Dicho pago es válido para nuevos siniestros que puedan ocurrir con los dispositivos que decida asociar a la póliza durante el tiempo que queda de anualidad. La cláusula en cuestión podrá encontrarla en la página 4 del condicionado, en el apartado Condiciones de cobertura: En el caso de que pagues mensualmente el coste del seguro, será preciso que pagues el importe completo de la prima anual con anterioridad a que cualquier siniestro bajo esta póliza pueda ser aceptado y pagado.
El acceso a la información sobre las condiciones del seguro se le ha proporcionado desde el momento de la contratación, a través de acceso al área de cliente, donde consta el contrato. El seguro en cuestión es una póliza que no admite personalización y no es un producto de riesgo sujeto a la variación de mercados, que requiera asesoramiento específico o prueba de estrés. Para la aclaración de dudas y ampliación de información, cuenta con el teléfono e email indicados en la póliza para el efecto.
Si no está conforme con la resolución, le recordamos que tiene a su disposición en el condicionado de la póliza suscrita, diversas opciones de reclamación que podrá usar.
Un saludo,
El 21 de abril de 2025, 11:30:23 UTC, reclamar@ocu.org escribió:
[J23V2M-P6MDV]