A quien corresponda, Comparezco ante esta entidad para presentar una denuncia formal contra Garantie Privée por efectuar prácticas comerciales abusivas y contrarias a los derechos del consumidor ya que el día 19/11/2024 hice la compra de un teléfono iPhone en la tienda Fnac de Alicante dicha tienda me puso un seguro con esta empresa del cual constaba que pagaría 14,99€ mensuales si yo quería ya que si yo no pagaba después de los 30 días se me cancelaría automáticamente, que me enviarían un mensaje para ver si quería seguir con el servicio o no el cual nunca me llegó, desde entonces me han estado cargando a mi cuenta bancaria 14,99€ mensual, quiero dar de baja a ese seguro ya porfavor
He sido vinculado, automáticamente sin mi consentimiento, los llame para finaliza el contrato me dieron un correo para dar de baja por allí y nunca me respondieron es mas el correo que me dieron no existe, llame a la tienda Fnac solo dijeron que no era problema de ellos.
Número de poliza : C7E5Y
Fecha de suscripción: 19/11/2024
Designación del servicio: Seguro smartphone
Medio de pago: Deducción mensual
Referencia del mandato: FFR2411PAR2451252
Importe mensual con impuesto incluido : 14,99 €
Fundamentos de la denuncia:
Este comportamiento constituye una posible infracción de las normativas vigentes en materia de protección de los consumidores, incluyendo la Ley General para la Defensa de los consumidores y Usuarios (RD Legislativo 1/2007), que garantiza la transparencia en la contratación de bienes y servicios. Prácticas consideradas abusivas según el artículo, incluyendo la imposición de condiciones no aceptadas explícitamente por el consumidor.
En casos similares, Garantie Privée ha sostenido que envía un correo electrónico a los clientes con información relativa al contrato. No obstante, este hecho no exime a la empresa de su obligación de garantizar que dicha información sea recibida, comprendida y aceptada explícitamente por el consumidor. La mera emisión de un correo electrónico, especialmente cuando este puede ser filtrado a carpetas de spam o no destacarse claramente como información contractual relevante, no constituye una forma efectiva ni suficiente de comunicación. Además, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que la información debe ser proporcionada de manera clara, accesible y comprensible para el consumidor antes (y no después) de la celebración de cualquier contrato. En este caso, el simple envío de un correo posterior a la contratación no suple la falta de información proporcionada de manera oportuna en el punto de venta o antes de la aceptación del contrato. Por lo tanto, la argumentación de Garantie Privée sobre el envío de correos electrónicos no anula el hecho de que las prácticas realizadas fueron opacas y contrarias a los principios de transparencia y consentimiento informado que deben regir cualquier relación contractual con los consumidores. Solicitudes: Por todo lo anterior, solicito:
-Que se investigue este caso con la mayor diligencia.
-Que se adopten las medidas correspondientes en caso de confirmarse las irregularidades.
-Que se anule mi contrato y cualquier compromiso de permanencia asociado ya que no fue debidamente informado ni aceptado de manera explicita.