Que el día 12-10-2024 se procede a realizar pedido en la pagina web de primor.es
(Empresa Primor de perfumería y cosméticos), de un perfume de la marca Emporio Armani de
hombre de tamaño 100 ml, el cual asciende a un total de 58.28 euros y se asocia un número de
pedido de 005214350, para ser enviado al domicilio de mis padres provincia de Navarra. El día 18102024
el paquete es entregado en la dirección indicada por la empresa "Envialia", recogido por mi
madre ese mismo día. No es hasta el día 6-11-2024
cuando paso a recoger el paquete (por estar de vacaciones) cuando me percato que el mismo parece estar manipulado o como mínimo deformado posiblemente a priori por
el transporte del mismo, sumado a que el paquete pesa demasiado poco para contener un perfume
dentro (según pedido pesa 900 gramos, y se ha pesado y pesa 383 gramos). Procedo a abrir el
paquete y me percato que ya se encuentra algo abierto, tenía cierta facilidad para abrirse, como si
estuviera mal cerrado o previamente abierto. Donde dentro extraigo, muestras de colonia, un
rotulador y una caja vacía de "Equivalença" .
Por lo tanto teniendo en cuenta que no se encontraba el perfume que había pedido me dispongo a
iniciar reclamación vía email a la empresa Primor donde había efectuado la compra. El día 12-11-2024
a las 8:26 horas me contestan el email preguntando si notase que el paquete podría estar
manipulado y si le puedo enviar fotografías desde varios ángulos del embalaje. Ese mismo día
sobre las 18:04 horas contesto con toda la información que me han solicitado.
El día 21 de noviembre recibo de nuevo respuesta en el que que han seguido la trazabilidad de su
pedido y que les consta que salió perfectamente de sus instalaciones, que por lo tanto no se hacen
cargo para resolver esa incidencia.
Es más que evidente que ha habido una negligencia o voluntariedad de
algún trabajador, sea la persona que tenía la responsabilidad de realizar el pedido o una vez
realizado, la custodia del mismo y envío por la empresa que lo envía.
El día 23-11-2024 se realizó reclamación a Consumo del Gobierno de Navarra, el cual contestan el día 18-12-2024 lo siguiente: "Examinado el contenido de la citada reclamación entendemos que no se puede fundamentar jurídicamente la pretensión reclamada. El paquete se recibió el 18 de octubre de 2024 y por causas ajenas a la contratación no se reclama hasta el 6 de noviembre, no pudiendo justificar que no se haya manipulado tras la entrega, debido al tiempo transcurrido. Por este motivo y con la información aportada, sin que se haya demostrado queja en el momento de la recepción del mismo, le informamos que procedemos al cierre del expediente"
Dispongo a iniciar reclamación por ésta vía, ya que al estar de vacaciones no he podido abrir el paquete antes, y una vez llegado el día de abrirlo, no pienso que el paquete vaya a estar plenamente manipulado, por lo tanto lo abro normal como de costumbre, donde me encuentro lo anteriormente escrito. No es motivo que se haya tardado esos días para abrirlo, justificación para no tener derecho a no poder reclamar. Desde mi punto de vista, alguna persona de elaboración del paquete, en la cadena de montaje o luego después en el transcurso del reparto del paquete alguien haya podido sustraer el producto que he adquirido.