presento la siguiente reclamación contra la compañía de telecomunicaciones Vodafone por el cobro de una penalización abusiva motivada por la solicitud de una portabilidad a otra compañía.El siguiente escrito tiene por objeto detallar los razonamientos de dicha reclamación y, para tal efecto, expongo:Que en el mes de marzo de 2020 contraté con Vodafone los servicios de Internet, telefonía fija y móvil y televisión.Que en la oferta contratada se me aseguró una instalación con una red de fibra simétrica a una velocidad de 600gb, dos líneas de telefonía móvil con llamadas ilimitadas y datos ilimitados en una de ellas y 8gb en la otra, además del teléfono fijo y la televisión con el paquete SerieLovers por un precio total de 65€ mensuales.Que el domicilio ya disponía de una instalación anterior por lo que la realizada en esta contratación se limitó a la conexión de los equipos pertinentes, el router y el decodificador de televisión.Que una vez completada la portabilidad de los servicios y durante todo el tiempo que duró la relación contractual en ningún momento se nos dio el servicio contratado de 600gb simétricas, siendo inferior a los 300gb de subida y un máximo de 100gb de bajada.Por todo ello:Viendo que el servicio inicialmente solicitado, y por la que abonábamos mensualmente las cuotas, se incumplía y ante la necesidad de tener una mayor velocidad en internet para poder teletrabajar con garantías, aceptamos una oferta de otra compañía en enero de 2020 cuando restaban 3 meses para finalizar el año de contratación.En ese punto, Vodafone, realizó una contraoferta de servicios, pero no informó jamás del monto total o parcial al que ascenderían las penalizaciones y que ascienden a un total de 558,26 euros.Dicho importe me parece excesivo dado que el tiempo restante de permanencia en el momento del cambio de compañía era de 2 meses. Resulta especialmente relevante la omisión de una penalización por un importe tan elevado, pues habríamos valorado posponer cualquier acción a la finalización de esa permanencia.Así pues, entendemos que debemos hacer frente al pago de la cuota en curso, del terminal y, en todo caso, de una penalización acorde al tiempo restante de contrato, que era de 2 meses.