Compañía aérea: Ryanair
Número de vuelo: FR 776
Localizador de reserva: NP95WC
Fecha y hora del vuelo: 30 de agosto de 2025, salida 12:40 h (cierre de puertas 12:10 h)
Ruta: Venecia (Marco Polo) – Barcelona
Pasajeros afectados: Patricia Viñamata de Gibert.
Importes reclamados: 46 € x 2 maletas = 92 €, más el importe inicialmente pagado por “maleta de cabina” 20 € y otros gastos derivados.
Hechos
1. El día 27 de marzo de 2025, adquirí a través de la web de Ryanair los billetes para el vuelo FR 776, con localizador NP95WC. Durante el proceso de compra, seleccioné y pagué expresamente “maletas de cabina” para dos pasajeros, siendo la única opción disponible en ese momento para equipaje.
2. La denominación y descripción del servicio ofrecido dejaban claro que se trataba de maletas para transportar en cabina.
3. No obstante, el 30 de agosto de 2025 en el aeropuerto de Venecia Marco Polo, el personal de Ryanair me informó de que las maletas que ya había pagado no daban derecho a llevarse en cabina.
4. Para poder embarcar, se me obligó a pagar nuevamente 46 € por cada maleta (92 € en total).
5. Tras realizar este pago adicional, se me indicó que las maletas debían ir en bodega, pese a que el servicio contratado se denominaba expresamente “maleta de cabina” y lo acababa de volver a pagar.
6. Esta situación supuso un doble cobro y una contradicción con lo contratado, causando un perjuicio económico y una falta de transparencia.
Fundamentos
El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007) establece que la información y publicidad forman parte del contrato y vinculan al empresario.
La falta de claridad en la información ofrecida y la contradicción entre lo ofertado y lo prestado constituyen una vulneración de los derechos básicos de los consumidores.
La práctica descrita puede constituir una práctica comercial desleal al inducir a error sobre la naturaleza del servicio contratado (“maleta de cabina” que no se transporta en cabina).