Buenas tardes,
En primer lugar, les agradezco su detallada respuesta, dado que creo que clarifica la causa raíz del problema.
Como ustedes comentan a lo largo de su exposición, Lumon reconoce que en sus contratos no hay forma de establecer un límite desde el cual se encuentre una obra sin entregar en tiempo, por tanto, si Lumon solo realiza una parte de su obra, y se queda pendiente de recibir el material a medida por por ejemplo, 10 años, o 50 años, por la redacción de los propios contratos de Lumon, el consumidor quedaría siempre indefenso para una reclamación. Por favor, si no es así, especifiquen desde que fecha se puede considerar que una obra ha incumplido plazos, y donde viene indicado.
Esto obviamente, amplía la posibilidad de acción, ya que no parece un problema particular, sino una acción generalizada con todos los consumidores, que quedan desprotegidos frente a Lumon por la redacción de su contrato. En cualquier caso, al no estar especificada esta fecha, la referencia es la orientativa de 10-12 semanas, que en mi caso ya se ha duplicado, un número más que razonable para reclamar soluciones y ayudas.
Volviendo al caso particular, y a la contestación:
Sobre el punto 4: Esa era la tercera vez que venían los profesionales a realizar la instalación, y el material se ha dejado deterierándose en la terraza, e impidiendo durante meses que la usemos, ya que se dejaron cristales y es una casa con niños pequeños
Sobre el punto 5: El 17 de Diciembre, el representante de Lumon, nos dice que el único día posible de entrega del material es el 20 de Diciembre. Le advertimos que tenemos que cambiar nuestras vacaciones de Navidad para ello, y les pedimos que nos aseguren que esta vez se podrá finalizar. El 20 de Diciembre finalmente acuden, con el material mal por tercera vez, y a pesar de los cambios en nuestras vacaciones y los 6 meses desde la entrega, se van de la casa, sin dar ninguna explicación.
Sobre el punto 7: Me remito a lo expresado al principio de esta contestación en cuanto a la capciosidad de la redacción en el contrato de Lumon, que desprotege a los consumidores. Por otro lado, la obra está ya con el toldo sucio, y los estores interiores con barro y con riesgo de pudrirse el muro interior, ya que al estar inacabada la terraza, toda el agua que entra en la misma, es por el hueco sin cubrir, generando un problema cada vez mayor.
Sobre el punto 8: Como no puede ser de otra manera, yo también conservo los mensajes y correos, por ejemplo el del día 20 de Diciembre en el que soy yo el que pregunta al encargado si la obra está acabada y qué ha pasado, cuando se abandono la casa sin dar explicaciones, o a día de hoy, que seguimos sin notificación de las soluciones. También el de la primera visita, cuando los operarios niegan que hubiese un error en las medidas, hasta que no queda más remedio que reconocerlo. Las contestaciones siempre han llegado a mis reclamaciones, y no proactivamente, de hecho, a día de hoy, y tras 7 meses, desconocemos cuanod se acabará la obra.
Por último tan solo reforzar que mi intención mediante estos escritos era buscar una contestación completa, que no había recibido tras mis reclamaciones por varias vías, y buscar una oferta de solución amistosa, que cumpla con los estadares de lo que se espera de una empresa lider del sector. Lo que parece que me estoy encontrando es una defensa basada en un contrato modelo que probablemente deje indefensos a muchos más consumidores, y que creo que se debería cambiar aclarando la fecha límite en la que Lumon se hace responsable de la situación de retraso. Es impensable que si una obra no se acaba en años, Lumon pueda seguir amparándose en la redacción de su contrato y dejar una obra inacabada, una zona de una casa inutilizada, y una inversión de una familia paralizada.
Un saludo,