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Negligencia con Menor

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Reparación

Tu reclamación

I. S.

A: SEGUROS OCASO

25/05/2025

A la atención de OCASO S.A. – Departamento de Reclamaciones: Mi nombre es Isabel Soto Duran ,titular de la póliza de hogar número 33516700000”y por medio de la presente formulo una reclamación formal urgente ante la actuación deficiente, perjudicial e injusta por parte de su aseguradora, que ha dejado a mi hijo menor y a mí en una situación de riesgo e indefensión inaceptable. El origen de los daños en mi vivienda se debe a filtraciones de humedad procedentes del piso superior, propiedad de una vecina cuya responsabilidad ya ha sido denunciada ante la Policía, constando dicha denuncia en los registros. Estas filtraciones han provocado un grave deterioro del sistema eléctrico y otros elementos estructurales del inmueble, declarado como inhabitable por el primer perito enviado por su aseguradora el día 20 de mayo de 2025. Sin embargo, tras esta valoración técnica clara y rotunda, OCASO me contactó para enviar a un segundo perito, alegando que sería “más adecuado y mejor “ Esta segunda persona me convenció para que reactivara el suministro eléctrico, a pesar del peligro evidente, lo cual derivó en un nuevo cortocircuito apenas seis horas después, agravando aún más la situación. Me siento profundamente engañada, indefensa y abandonada por mi compañía de seguros, que en lugar de proteger al asegurado y velar por los derechos de un menor, parece actuar en beneficio de la parte causante del daño, obviando incluso una denuncia policial. ¿Cómo es posible que se desestime un dictamen pericial válido y se ponga en riesgo la vida de un niño, todo por intereses que desconozco? Fundamento legal de mi reclamación: - Artículo 1902 del Código Civil: establece la responsabilidad por daños causados con negligencia.
- Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor:
 - Artículo 11.2: obliga a que el interés superior del menor prevalezca ante cualquier conflicto.
 - Artículo 17: garantiza el derecho del menor a vivir en condiciones de seguridad y dignidad.
- Ley 50/1980 del Contrato de Seguro:
 - Artículo 20.8: obliga a indemnizar en caso de mora injustificada.
 - Artículo 38: impide ignorar una valoración pericial sin causa razonada.
- Constitución Española – Art. 39.4: “Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.” Solicito con carácter urgente: 1. El reconocimiento inmediato de la inhabitabilidad de la vivienda, según dictamen del primer perito.
2. La provisión de una alternativa habitacional o la correspondiente indemnización, conforme a lo estipulado en la póliza.
3. La justificación documentada del cambio de criterio pericial, así como las razones por las que se permitió reactivar la luz en un entorno peligroso.
4. Que se garantice la prioridad del bienestar del menor, tal y como exige la ley.
5. Que se me facilite copia del informe de ambos peritos, para ponerlo en conocimiento de las autoridades si fuera necesario. Suplico, desde la más sincera desesperación de una madre, que se actúe con la diligencia, humanidad y responsabilidad que la situación requiere. No puedo permitir que mi hijo siga expuesto a un entorno eléctrico inestable, húmedo y peligroso. No puedo comprender cómo una aseguradora de prestigio como OCASO se alinea con el daño, y no con la protección. En caso de no recibir respuesta satisfactoria en un plazo no superior a 24 ,elevaré esta queja a: - Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
- Defensor del Asegurado
- Organismos de defensa del consumidor
- Servicios Sociales y Protección al Menor Atentamente, Isabel Soto Duran DNI : 53390393X

Mensajes (2)

I. S.

A: SEGUROS OCASO

09/06/2025

Estimados señores, Me dirijo a ustedes con la finalidad de solicitar información sobre la fecha prevista para la visita de inspección o atención a nuestra situación actual. Mi hijo se encuentra en una situación de salud delicada, diagnosticado con laringitis aguda y gastroenteritis, lo que ha requerido acudir al hospital San Carlos en urgencias y está siendo tratado con corticoides. Es importante destacar que mi hijo no suele enfermar con frecuencia; de hecho, llevaba cuatro meses sin presentar ningún síntoma de resfriado siquiera. La situación actual es insostenible, ya que no podemos mantener una vida normal debido a las condiciones en las que nos encontramos. Lamentablemente, solo se nos proporcionó alojamiento por tres días, y las condiciones de mi casa actualmente distan mucho de ser adecuadas. La cocina no funciona, el baño carece de iluminación y mi hijo de año y medio se encuentra expuesto a riesgos potenciales debido a la presencia de yeso y cables al alcance de su mano. Considero que esta situación no es justa para nadie y resulta imperioso encontrar una solución lo antes posible. Por lo tanto, agradecería muchísimo que se nos proporcionara una fecha inmediata para la visita y se atendieran nuestras necesidades básicas. Además tratar la indemnización correspondiente dado la gravedad. Agradezco de antemano su atención a este asunto y espero su respuesta. Atentamente, Isabel Soto

I. S.

A: SEGUROS OCASO

12/06/2025

Me gustaría añadir además que a día de hoy , 12 de junio de 2025 no tenemos luz total , hay cables , hay agujeros , no es una vivienda para poder seguir con mi hijo , un bebé . Mis peticiones no están siendo escuchadas , no me siento protegida por mi “seguro” , me siento expuesta a la vecina y aun dándole apoyo cuando ella ni siquiera se ha disculpado y me ha insultado . La perito , Natividad, podrá parecer muy amable pero no nos ha tenido en cuenta con la humanidad que se tiene que tener a una madre en solitario con un bebé , como saben esta situación me ha desbordado , me han despedido del trabajo . Todo por estar siempre pendiente de la llegada de alguien pudiese resolver esto con la mínima dignidad que se merece un menor de 21 meses , no es justo todo lo que estamos aguantando . Ocaso es una empresa solvente y con relevancia , porque no nos protege con la mínima decencia ?


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