Tengo una póliza de decesos contratada desde hace años, en la que actualmente constamos mi madre y yo. Ante la posibilidad de incluir a mi hija en la misma, o contratar una póliza en otra aseguradora pedimos un presupuesto con mi hija, o bien dejando únicamente a mi madre en la póliza. Anteriormente a esta situación, yo había advertido un error en las fechas de nacimiento de mi madre y mías, estando estas trastocadas, y comunicándolo a la compañía. Este cambio se efectúa en enero y se pide en MARZO estos presupuestos. Por tanto, cuando se piden estos presupuestos la situación ya ha sido regulada.Se da un presupuesto por una cantidad (125 euros), y tras estudiar la oferta, decido cambiar yo de compañía, permaneciendo en la misma mi madre ( ya que dada su edad no es asegurable en otra compañía), e indicando que dada la edad de la misma, YO MISMA, quiero seguir como tomadora del seguro. El comercial, me llama por teléfono un mes después, el día 28 de abril de 2017, insistiéndome en que ya está todo claro, y que le indique a mi madre que cuando él vaya, sólo tiene que firmar. Ante mi negativa a este hecho, recordándole que yo sigo siendo tomadora de la misma, en ese momento me indica que el importe de la póliza no tiene nada que ver con el que me había indicado de 125 euros, pasa a ser de 300), y que eso es por un error por su culpa (mía, según él, por los errores en la póliza que YO había detectado y comunicado dos meses antes, y que YA ESTABAN solucionados).Tras diversas discusiones que detallo en los documentos que adjunto, me pongo en contacto con el Defensor del Asegurado, que reconoce el error, y propone una compensación.Tras esto se pone en contacto conmigo una persona del Departamento de Quejas y Reclamaciones, que me ofrece una compensación. Posteriormente, se vuelve a poner en contacto telefónicamente, diciendo que esta compensación SÓLO será efectiva el primer año (125 euros), quedando a partir del segundo exactamente como ellos en un primer momento mantenían (267 euros, es decir, los 300), que en resumen, es que según ellos, tras eliminarme a mí de la póliza, está únicamente disminuye 36,00 euros al año.Es preciso recordar, como sin duda ustedes ya conocen, que dada la edad de mi madre, 78 años, así como por su historial médico (Posterior todo ello a la contratación de la póliza en su momento), no es posible la contratación de otra póliza en otra compañía, como sin duda conoce la compañía aseguradora.Por tanto, no queda en mi mano la posibilidad de cambiar de compañía con mi madre, viéndome obligada a pagar tras el primer año, los casi 300 euros que me dijeron que eran tras su error de haberme dicho que eran 125 euros.El defensor del asegurado dice que es la compañía la que debe llegar a un acuerdo conmigo para fijar esos daños y perjuicios que me deben resarcir de ese error por negligencia , culpa o dolo. La compañía sólo me ofrece un año a 125 euros que son los que dijeron y que hicieron que yo tomara la decisión de abandonar La Preventiva (ya que si me hubieran dicho 3300 euros, no lo hubiera hecho porque económicamente no me hubiera compensado), siendo posteriormente de casi 300 euros. Alegan que más, sería enriquecimiento y que las pólizas de seguro tienen un carácter anual. Yo personalmente no veo la compensación clara, ya que yo sigo teniendo la obligación de permanecer en su compañía tras el primer año dado el carácter de no asegurable de mi madre en otra compañía, por lo que me obligan a pagar o aceptar lo que ellos me cambiaron tras un presupuesto.Lo que yo pido saber es si ésta compensación ofrecida por la compañía se puede considerar justa y adecuada , o yo tendría el derecho a solicitar otra cosa para llegar a ese acuerdo que propone el defensor del asegurado, y en caso de que no fuera así seguir reclamando ante la Dirección General de Seguros.