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DISCONFORMIDAD INCREMENTO POLIZA HOGAR

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

C. G.

A: Mapfre

03/02/2025

POLIZA DE HOGAR Nº 0732400002537 EXPONGO: Que con fecha 23/01/2025 mi madre recibió aviso de renovación de la póliza de Hogar arriba indicada, anunciando un INCREMENTO DEL 10% sobre la prima de la anualidad anterior. Que esa propiedad está asegurada con MAPFRE desde hace ya más de veinte años, y que en las últimas tres anualidades no se ha declarado siniestro alguno, ni se ha hecho uso de cualquier otro servicio contemplado en la mencionada póliza. Que el mencionado incremento es muy superior a la revalorización de capitales anunciada en el aviso de renovación, así como a la variación interanual del IPC a fecha del comunicado. Que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, el incremento comunicado resulta por tanto injustificado y ABUSIVO, así como no ajustado a los principios de equidad y suficiencia establecidos en la normativa aseguradora. Por todo ello, SOLICITO: Se aplique una subida razonable, proporcional al uso realizado de la póliza contratada, y ajustada a las características de la misma. Adjunto representación a mi nombre firmada por mi madre, tomadora de la póliza objeto de esta reclamación, copia de ambos DNIs y comunicado de aviso de renovación. Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Mensajes (1)

C. G.

A: Mapfre

12/02/2025

Buenos días, Para los que hayáis llegado a esta reclamación pública a través de la web, por encontraros en una situación parecida con esta aseguradora, deciros que la respuesta del Dpto. de Reclamaciones de MAPFRE llegó por correo postal certificado. Me sorprende que manden la respuesta por carta, pero supongo que será para evitar que la pueda ver cualquier internauta, pese a que no contiene ningún dato sensible imprescindible. De hecho, llegó tan rápido, que es evidente que se trata de una respuesta estándar (por supuesto desestimatoria) que tienen pre-redactada para todos los que reclamamos renovaciones abusivas. Os transcribo las partes más esenciales de la resolución: ".... el artículo 17 de las Condiciones Generales de su póliza establece que, "para el caso de prórroga tácita del contrato, la prima de los períodos sucesivos será la que resulte de aplicar a la suma asegurada las tarifas que, fundadas en criterios técnico- actuariales, tenga establecidas en cada momento la Aseguradora, teniendo en cuenta, además, las modificaciones de garantías o las causas de agravación o disminución del riesgo que se hubieran producido. Asimismo, para el cálculo de dicha prima, se tendrá en cuenta el historial de siniestralidad registrada en los precedentes períodos de seguro" [...] En consecuencia, una vez revisado el asunto por el departamento técnico, nos informan que el incremento aplicado es correcto, así como la actuación de la Aseguradora en cuanto a la comunicación al Tomador, y tiene su fundamento en la Ley y en el contrato. Por todo lo anterior, se desestima la pretensión deducida en su escrito de reclamación." Y ahora el análisis: 1) Los "criterios técnico -actuariales" es básicamente cómo decir que actúan en base a “sus intereses”, porque esos criterios no están regulados. 2) "Teniendo en cuenta la modificaciones de garantía o las causas de agravación...", mentira: en este caso no ha habido ni modificaciones de la póliza ni causas de agravación. Son las mismas circunstancias y coberturas de años atrás. PERO… han subido la prima. 3) "para el cálculo de dicha prima, se tendrá en cuenta el historial de siniestralidad...", mentira también: esta póliza está con MAPFRE desde hace dos décadas, y no se ha dado un parte con cargo a la aseguradora desde hace más de un lustro (y probablemente me quede corto). PERO… han subido la prima. Y un último dato: la subida de la prima es de un 10% sin siniestros, ni agravamientos, ni modificaciones de garantía. Por el contrario, la revalorización de capitales que acompaña a la renovación es de apenas un 2,4 %. Y ni decir tiene que ni la variación interanual del IPC, ni la revaloración de la pensión de mi madre, se acercan ni de lejos a ese 10%... En línea con la filosofía de OCU, de defensa de los derechos de los consumidores, espero que este ejemplo sirva al menos para alertar acerca del proceder de esta aseguradora en relación con la actualización del importe de sus primas. Un saludo


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