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Denegación de embarque y retención de DNI por parte del personal de Vueling

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Denegación de embarque

Tu reclamación

R. G.

A: VUELING

12/10/2025

El pasado 6 de octubre de 2025, sufrí junto a mi acompañante, Leire Fernández, una situación de extrema gravedad durante el embarque del vuelo Vueling VY6951, que nos ocasionó un perjuicio económico, profesional y personal muy importante. Hasta esa fecha había volado en varias ocasiones con Vueling, siempre sin problemas, pero en esta ocasión el comportamiento del personal en la puerta de embarque fue completamente improcedente. En mi reserva tenía contratado el equipaje incluido en la tarifa (una mochila o bulto de mano). Llevaba además un portatrajes, tal y como había hecho en el vuelo de ida con Vueling sin que se me pusiera ninguna pega. Al llegar a la puerta de embarque, una empleada me dijo en tono agresivo: “¿sabes contar? En tu billete pone un solo bulto”. Le expliqué que en el trayecto de ida no había tenido ningún problema, a lo que respondió: “no es mi problema que compañeros en otro país hagan mal su trabajo”. Me indicó que guardara el pantalón del traje dentro de la mochila y que me pusiera la americana, cosa que hice sin oponerme. En ese momento, mi acompañante, que ya había sido admitida para embarcar, comentó en voz baja y en tono privado: “parece que va a heredar la empresa”, intentando aliviar la tensión del momento. Una de las empleadas lo escuchó, se dio por aludida y le gritó a mi acompañante: “¡nos estás faltando al respeto!”. Mi acompañante respondió que era una conversación privada. Entonces le dijeron: “¿a que ya no vuelas?” y “ya no vuelas, mira”, retirándole el derecho a embarcar a pesar de que ya había sido autorizada a hacerlo. Es decir, su embarque quedó condicionado a que pidiera perdón por un comentario privado, algo completamente improcedente y fuera de cualquier protocolo. Mientras tanto, a mí sí se me permitía embarcar, pero las trabajadoras me retuvieron el DNI durante unos 20–30 minutos, negándose a devolvérmelo sin justificación alguna. Esa retención constituye una actuación ilegal, ya que el personal de la aerolínea carece de cualquier autoridad para custodiar o retener documentos oficiales de identidad. Las empleadas afirmaron haber llamado a la Guardia Civil, pero nunca se presentó ningún agente; acudió en su lugar la seguridad privada del aeropuerto, que reconoció que no existía ninguna acusación formal, aunque “la compañía tiene la última palabra”. El vuelo partió sin nosotros. Tuvimos que pagar una noche de hotel en Palma de Mallorca y comprar nuevos billetes con otra compañía para el día siguiente (6:45 h). Ambos teníamos una reunión laboral a las 9:00 h en París, a la que no pudimos asistir, con el consiguiente perjuicio profesional. Además, esta situación nos causó un daño emocional severo, y mi acompañante sufrió una crisis de ansiedad derivada del trato humillante recibido. Solicito a Vueling, por mediación de la OCU: 1. Reembolso íntegro de los billetes no utilizados. 2. Compensación de los gastos ocasionados, incluidos alojamiento, nuevos billetes y desplazamientos. 3. Indemnización por daños y perjuicios, tanto materiales como morales. 4. Investigación interna inmediata del comportamiento del personal implicado. 5. Copia del parte de incidencias o informe que el personal redactara sobre mí o sobre mi acompañante, en virtud del derecho de acceso reconocido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Dispongo de los números de identificación de AENA de las dos trabajadoras implicadas, facilitados por el personal de seguridad del aeropuerto, que puedo aportar si se requieren a efectos de comprobación. Adjunto billetes, facturas, y el correo de confirmación de la reclamación registrada en Vueling. Mi acompañante, Leire Fernández, ha presentado su propia reclamación independiente ante la OCU por los mismos hechos (número de caso: 13590982). Solicito la intervención de la OCU para que Vueling asuma su responsabilidad y repare los daños sufridos.


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