Buenas tardes:El pasado 13 de febrero de 2024 se nos deniega el embarque a mi mujer y a mí con nuestro equipaje de mano, diciéndonos que solamente se nos permite subir abordo con un bulto pequeño de medidas máximas 40x30x20 cm. Nos comunican que, si queremos embarcar con nuestro equipaje de mano, deberemos pagar 60€ por cada una de éstas maletas, que irán entonces en la bodega del avión. Cabe señalar que nuestras dos maletas tienen medidas 55x40x20 cm, que son las medidas que Vueling define en su web como maleta de cabina. Para no perder el vuelo ni dejar el equipaje en el aeropuerto, accedemos no conformes a pagar un total de 120 € por el transporte de ambas maletas.Mi valoración de la situación es que resulta contradictorio que Vueling defina como maleta de cabina una maleta por la que, después de hacer pagar un cargo adicional para poder embarcarla, obligue a transportarla en la bodega. Esta contradicción se da para tratar de ocultar lo evidente: que Vueling realiza cargos adicionales, en la misma puerta de embarque, por piezas de equipaje que deben poder embarcarse en cabina sin cargo adicional alguno, como bien han fallado TJUE en su sentencia de 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12 (recogida en al menos dos sentencias posteriores: una del juzgado de lo Mercantil número uno de Madrid, con fecha 17 de junio de 2022, y otra del juzgado de lo Mercantil número trece de Madrid con referencia 373/2019)Ésta es mi primera reclamación a Vueling a este respecto.