Estimado/a: Escribo por la presente para interponer una queja / reclamación acerca del incumplimiento de las condiciones pactadas en la hipoteca titularidad de X, de la que yo soy avalista. Inicialmente la hipoteca se contrató con Liberbank y a raíz de la fusión por absorción de Unicaja a Liberbank, ahora ha pasado a ser una hipoteca de Unicaja. Como resultado de las condiciones pactadas para la firma de la hipoteca (y a fin de obtener la bonificación completa del tipo) se pactó que la bonificación por la contratación del plan de pensiones se entendería cumplida con una aportación mensual estipulada de al menos 100 euros mensuales (1.200 euros en cómputo anual) por parte mía y no por parte del titular de la misma. A tal efecto, y a fin de asegurar el cumplimiento de las condiciones pactadas, se acordó con la directora de la oficina de Liberbank de x, que unos días antes a la revisión semestral de tipo de interés aplicable a la hipoteca se iba a realizar una comunicación para recordar el cumplimiento de dicho requisito. Desde la contratación de la hipoteca hasta el presente se ha venido cumpliendo con la totalidad de los requisitos por nuestra parte y por parte de la entidad Liberbank hasta la última revisión. Resulta que, tras la comunicación oportuna realizada en esta última ocasión en mayo, debido a una actitud negligente de la empleada, no se aplicó el tipo reducido de hipoteca en la última revisión (el primer pago de la cuota con el nuevo tipo de interés fue el 4 de julio). Ante este incumplimiento y la falta de respuesta por parte de la empleada, exigimos la subsanación del tipo bonificado aplicable a la hipoteca (EURIBOR + 0,75 vs EURIBOR + 0,85) ya para la cuota de la hipoteca de 4 de julio y para las próximas cuotas. En caso contrario vamos a tener que adoptar medidas contra la empleada y la entidad financiera por incumplimiento de las condiciones pactadas.