Hola,En Julio de 2018 adquirí un Megane Sport Tourer, al llevarlo a la revisión del 2º año al mismo concesionario que se compró (JAPEMASA), se solicitó que se revisara un ruido que se apreciaba normalmente al comenzar la marcha y al parar. En esos momentos el vehículo tenía unos 24.000km y la solución ofrecida por el taller era cambiar la amortiguación delantera y me ofrecieron realizarlo con un 50% de dto. Ante esta respuesta incomprensible, puse reclamación a través de la web de Renault (4-09015466) obteniendo la negativa por respuesta alegándose que estaba fuera de garantía, a lo que no estaba de acuerdo puesto que ni siquiera se habían cumplido los 2 primeros años desde el momento que el vendedor me comunicó que tenía el vehículo a mi disposición. A todo esto indicar que además de la garantía legal de 2 años se contrató una ampliación de 2 años más o 60000km. Ante esta respuesta se volvió a reclamar a atención al cliente de Renault pero ya no hubo respuesta. Con todo ello mi marido que es quien ha realizado normalmente estas gestiones, se presentó en el concesionario para hablar con el comercial que nos vendió el coche y mediante las gestiones de un responsable de la concesión, se cambiaron en Setiembre de 2020 los amortiguadores en garantía.En este mes de Julio se solicitó cita para la revisión de los 4 años y se indicó que volvía a tener los mismos problemas con ese ruido a lo que el taller dijo que no estaba en garantía, con lo que los nuevos amortiguadores había durado tan solo unos 21 meses y menos de 12000. La única respuesta del responsable de taller es que no entraban en garantía porque no se pagaron los anteriores aún reconociendo que los amortiguadores que monta el fabricante tienen este defecto.Se pueden imaginar la indignación que se tiene cuando el jefe del taller oficial de la marca dice que el material viene con este defecto ya sabido, por lo que decidimos no pasar la revisión en el taller oficial debido a la desconfianza de profesionalidad, volviendo a poner reclamación el pasado 4 de julio (referencia 4-13706307) a lo que se contesta que la reparación debe ser abonada por el propietario con un dto comercial del 50% al estar fuera de garantía. Como en la primera ocasión se vuelve a reclamar por disconformidad de la resolución y nuevamente no se obtiene respuesta. Me pregunto cual es la garantía que exige un fabricante al proveedor cuando la vida útil con un uso adecuado no llega ni al 25% de lo que se publicita.Por todo ello se solicita la sustitución en garantía.