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Últimas reclamaciones

A. M.
Hoy

Cancelación Póliza Seguro Vida

Andrés Marco Marco, DNI 17439995S Avda. Madrid, 85, 7º, 1ª 08028 Barcelona CASER Grupo Helvetia CAJA DE SEGUROS REUNIDOS Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A. - CASER - Avenida de Burgos, 109 - 28050 Madrid Barcelona, 17 de junio de 2026 Referencia: póliza de vida nº 30315575 Muy señores míos: Por la presente, pongo en su conocimiento mi deseo de cancelar la póliza de referencia que tiene vencimiento el 02 de julio de 2026. Si bien es cierto, como dispone el art. 22 de la ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, que debo informar a la compañía con un mes de antelación de mi deseo de no prorrogar la póliza, también es cierto, según el mismo artículo, que la compañía debe informarme con una antelación de dos meses de cualquier cambio que afecte a la póliza, y ustedes no se han puesto en contacto conmigo para informarme de los cambios en la prima. Artículo veintidós. 1. La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecerse que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez. 2. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador. 3. El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro. 4. Las condiciones y plazos de la oposición a la prórroga de cada parte, o su inoponibilidad, deberán destacarse en la póliza. 5. Lo dispuesto en los apartados precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida. Les ruego que me confirmen la anulación de la póliza. Atentamente les saluda, Fdo.: Andrés Marco Marco

En curso
L. F.
16/06/2026

Acceso bloqueado por reposición de tarjeta física

A la atención del Servicio de Atención al Cliente / Departamento de Reclamaciones de Caser y, en su caso, a través de OCU: D./Dña. Leonidio Ferreira Pereira, con NIE X6275869C, como tomador/titular de la póliza de salud nº 66633105/5947 expone: 1. Con fecha 15/06/2026 perdí mi tarjeta física asociada a la póliza indicada. 2. Con fecha 15/06/2016 solicité la reposición/sustitución de dicha tarjeta física, indicándome que la recepción de la nueva tarjeta podría demorarse hasta aproximadamente 15 días. 4. Para intentar evitar la interrupción del servicio, utilicé la tarjeta virtual. Sin embargo, en el centro donde acudí, no han podido validar la cobertura, al no estar actualizada la nueva numeración de la tarjeta repuesta en la tarjeta virtual o en el sistema de validación. 5. Esta situación me ha impedido usar el seguro con normalidad. • Hoy 16/06/2026 acudí a la Clinica levante para un servicio de fisio, pero no se pudo tramitar correctamente la prestación del seguro por el motivo anterior. • El fisio, como me conoce, me ha dejado fiado (sin cobro inmediato). 2. Perjuicio y motivo de la reclamación La pérdida de una tarjeta física es un hecho ajeno al cliente y, aun habiendo solicitado la reposición, el hecho de que durante el periodo de sustitución quede el asegurado sin acceso efectivo a la asistencia supone un obstáculo técnico/administrativo que inutiliza el derecho a la prestación durante el tiempo que razonablemente debería estar habilitada alguna alternativa. OLICITO que: 1. Se me garantice el acceso efectivo a la cobertura durante el periodo de reposición de la tarjeta física, mediante revalidación temporal o mecanismo alternativo de identificación/validación (p. ej., habilitación inmediata en sistema, número provisional, activación correcta de tarjeta virtual con nueva numeración, o validación manual por póliza). 2. Se me confirme por escrito el procedimiento para que, aun en reposición de tarjeta física, pueda utilizar la asistencia en centros concertados/sin esperar a la tarjeta física nueva. Esta situación resulta especialmente injustificada y deja al asegurado sin acceso efectivo a un derecho durante un periodo evitable.” Me parece una falta de diligencia y una traba injustificada al ejercicio del derecho a la asistencia, ya que el problema deriva exclusivamente del sistema de identificación por tarjeta.” Entiendo que la gestión de reposición pueda requerir tiempo, pero no es aceptable que ello implique una imposibilidad real de uso de la cobertura sin habilitar alternativas.”

En curso
S. H.
12/06/2026

Perito

Buenas tardes después de 10 días de la última reclamación se me dijo q al final se enviaba el peritaje, a que se está esperando a pasar? Ponerse de acuerdo con mi mecánico y pasar darme una solución ya llevo 3 meses sin coche necesito mi coche! O Esque a caso estáis esperando a q pase el tiempo de garantía o que cierre el mecánico por vacaciones o como? Ya estoy cansada

En curso
R. R.
11/06/2026

Desastre de Gestión: ASUNTO: Reclamación por la gestión del siniestro y solicitud de información per

Como consecuencia un accidente en la casa de nuestro vecino en la planta superior, la vivienda sufrió una grave inundación, llegando a acumularse entre 15 y 20 centímetros de agua en su interior. Los daños ocasionados han sido de gran magnitud, afectando no solo a nuestra vivienda sino también a otras colindantes, llegando incluso a provocar desperfectos en el piso inferior y en otra vivienda cercana. Entre los daños sufridos se encuentran la caída de techos, deterioro de paredes, puertas y pintura, así como la destrucción o inutilización de mobiliario, camas, armarios y otros elementos de la vivienda. Tras comunicar el siniestro, se personó un primer perito que inspeccionó detalladamente los daños y que, según la impresión transmitida durante su visita, parecía reconocer la gravedad de la situación y la necesidad de acometer una reparación integral de la vivienda, así como la sustitución de los bienes afectados. Sin embargo, posteriormente se nos comunicó el rechazo de la solicitud de cobertura, alegando, según se nos indicó, que el importe de los daños resultaba elevado. Esta decisión nos causó una gran sorpresa dada la evidente magnitud de los desperfectos existentes. Tras numerosas llamadas y gestiones por nuestra parte para obtener una revisión del expediente, se envió un segundo perito. Durante esta segunda inspección se produjeron situaciones que consideramos impropias y poco profesionales. Además de realizar valoraciones personales ajenas a la función pericial, relacionadas con la decoración de la vivienda o con posibles reformas realizadas en el pasado, llegó incluso a indicar a mi padre que abandonara el domicilio mientras realizaba su trabajo, manifestando que no necesitaba su presencia para desarrollar la inspección. Asimismo, este segundo perito sostuvo que numerosos elementos dañados no requerían sustitución ni reparación, minimizando daños evidentes y argumentando en algunos casos que determinadas actuaciones suponían demasiado trabajo, como ocurre con diversos muebles empotrados gravemente afectados por el agua. Ante las discrepancias existentes entre ambas valoraciones, mi hermano contactó con su entidad para solicitar copia de los informes o actas periciales emitidos por ambos peritos, con el fin de conocer con exactitud qué daños se consideran cubiertos y cuáles no. En un primer momento se nos indicó telefónicamente que dicha documentación sería facilitada. No obstante, en una llamada posterior se nos comunicó que esos informes no se envían a los asegurados y que la información recibida anteriormente era incorrecta. A fecha de hoy, ha transcurrido aproximadamente un mes desde la ocurrencia del siniestro sin que dispongamos de una resolución clara, sin haber recibido la documentación solicitada y sin que se haya iniciado actuación alguna para reparar los graves daños existentes en la vivienda. Esta situación está generando una importante incertidumbre y un perjuicio continuado para los afectados. Por todo lo expuesto, solicitamos: Que se nos facilite por escrito información detallada sobre el estado actual del expediente de siniestro. Que se nos informe de manera clara y motivada sobre los daños aceptados y rechazados, así como de los criterios utilizados para dicha valoración. Que se nos facilite acceso a la documentación pericial que sustenta la decisión adoptada o, en su defecto, se nos indique expresamente la causa legal por la que se deniega dicho acceso. Que se revise la actuación desarrollada durante la segunda inspección pericial, dado el trato recibido y las circunstancias anteriormente descritas. Que se adopte una resolución urgente sobre este expediente, teniendo en cuenta la gravedad de los daños sufridos y el tiempo transcurrido sin solución.

En curso
A. C.
08/06/2026

Informe del perito

Hola, recibí una carta de una compañía de seguros desconocida para mí pensando que era publicidad dado que sólo indicaba mi nombre de pila en el sobre. Por lo visto era una reclamación de mi vecina por la poda de un arbusto tipo laurel. Pue bien pasé la carta a CASER y según el perito todo quedó solucionado indemnizando a la titular. Cual es mi sorpresa que muchos meses después recibo otra carta de esa compañía, arag, que tenía que arrancar el laurel y en el caso de que no lo hiciera me llevarían al juzgado. Es por ello, que reclamé todo mi expediente a CASER en reiteradas ocasiones. Mientras tanto he cambiado de compañía y ahora estoy en Mutua Madrileña. He de indicar que la vecina sólo se ha dirigido a mí personalmente para que le podase el laurel, cosa que he realizado ya en tres ocasiones desde que me lo dijo. Dato curioso es que antes de recibir cartas de esta compañía, la vecina arrancó una papaya enorme que estaba en su casa, como se puede apreciar en la foto adjunta. Por otro lado, y como ya indiqué al perito de caser, el muro que alude como dañado NO ES MEDIANERO, ya que la medianera es una alambrada que no está dañada, el muro indicado es de construcción ilegal por parte de la propietaria anterior y sin acuerdo con nosotros. Caser no me manda el expediente y el por lo que recurro a la OCU para que esta compañía que he tenido durante 30 años me haga caso y me diga que diantres han hecho con el expediente de esta vecina que su compañía de seguros me amenaza con llevarme a los juzgados. exp0001/30/2025/8302235

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