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Novedades fiscales para 2025

23 enero 2025
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23 enero 2025
El nuevo año se estrena con algunos cambios en la fiscalidad. Descubre cuáles son las principales novedades fiscales que llegan en 2025 y cómo te pueden afectar cuando hagas la declaración de la renta correspondiente a este ejercicio.

Cambios fiscales en el nuevo año

Estamos estrenando año, y con él, nuevas obligaciones fiscales. ¿Habrá novedades en el IRPF en 2025? Pues sí, toma nota de los cambios y tenlos en cuenta si te afectan.

Nuevos límites para la obligación de declarar 

Según la normativa, no están obligados a declarar los contribuyentes cuyos ingresos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros anuales, siempre que cumplan el resto de los requisitos para no declarar.  

En el ejercicio 2024 este límite se reducía a 15.786 euros anuales si los ingresos del trabajo procedían de más de un pagador siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores superaran los 1.500 euros. A partir de 2025, en el caso de que los ingresos del trabajo procedan de más de un pagador el límite sigue siendo de 15.786 euros, pero siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores superen los 2.500 euros anuales

Si cobras el paro, puede que no tengas que declarar 

El Gobierno aprobó una medida que obligaba a que todos los perceptores de prestaciones por desempleo, sin importar su cuantía, debían presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2024. Pero a mitad de marzo de 2025 cambió de opinión y ha aplazado esa obligatoriedad a 2026.  Por lo tanto, en la campaña de la Renta de 2024, se mantienen los criterios habituales, y no todos los que cobran el paro deben declarar, solo deben hacerlo si superan los límites de la obligación de declarar.

Nuevo procedimiento de devolución a los jubilados mutualistas 

Muchos jubilados que fueron mutualistas, así como sus herederos, tienen derecho a recibir una devolución por lo que tributaron de más en su momento:

La devolución correspondiente al año 2023 se solicitó en la declaración del IRPF de 2023. Y la de 2024 se solicitará en la declaración de 2024. 

A partir del 2 de abril, los mutualistas que no recibieran sus devoluciones en 2024, pueden solicitar de una sola vez la devolución correspondiente a los ejercicios no prescritos (de 2019 a 2022, y anteriores si procede) presentando un nuevo formulario en la web de la Agencia. Ya no es necesario presentar la solicitud año a año, como se había impuesto tras un sorpresivo cambio normativo de diciembre de 2024.

Más tributación para las rentas del ahorro 

En 2025 se modifican los tipos de gravamen que se aplican a la base liquidable del ahorro, de la que forman parte tanto los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses de cuentas, depósitos, deuda pública…), como las ganancias de patrimonio (ventas de acciones, fondos de inversión, de inmuebles…). A partir de 2025 el tipo impositivo aplicable al último tramo sube dos puntos, por lo que las cantidades que excedan de 300.000 euros pagarán un 30%, frente al 28% al que tributaban en 2024. 

Deducciones por coche eléctrico y eficiencia energética 

Coche eléctrico. El 01 de abril de 2025 se publicó en el BOE la norma que ha ampliado desde el 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos, los híbridos enchufables y los de pila de combustible, así como la deducción por la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos. 

Eficiencia energética. En 2021 entraron en vigor diversas deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, cuyo plazo se ha ido ampliando en años sucesivos. La deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso residencial sigue vigente en 2025. Las demás  estuvieron vigentes de modo pasajero en 2025, pero al no convalidarse el decreto omnibus que las contenía, a día de hoy no existen, si bien lo más probable es que en algún momento no lejano se recuperen. En ese caso informaremos de inmediato. Pero los que hicieron obras en el lapso en que las deducciones estuvieron vigentes, es decir, entre el 1 y el 22 de enero, ya tienen derecho a aplicarlas sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda. Infórmate en detalle sobre esa deducción.

 

Infórmate sobre las deducciones autonómicas

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