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Mutualistas: el Gobierno corrige su error, solo en parte

Si eres un jubilado esperando a que Hacienda te devuelva un dinero que pagaste indebidamente a cuenta de tus antiguas cotizaciones a mutualidades laborales, estarás siguiendo el culebrón en que se ha convertido la recuperación del dinero. Y es que después de la lluvia de críticas venidas de OCU y otras organizaciones, el Gobierno, ha procedido a cambiar por tercera vez el procedimiento que complicó por sorpresa. El error ha sido enmendado, pero solo en parte. Te lo contamos.

03 abril 2025
Mayor trabajando

Lo primero que debes saber, por si acaso aún no estás al corriente, es que esta noticia te interesa si empezaste a trabajar antes de 1979, pues puede que cotizaras a mutualidades que la Seguridad Social fue absorbiendo desde su creación en 1967 hasta ese año. Si no lo tienes claro porque ha pasado mucho tiempo, por si acaso presenta tu solicitud, ya que puede que recuperes un dinero no insignificante.

Mutualistas: a la tercera va la vencida

Nueva vuelta de tuerca a un proceso ya de por sí confuso e injusto: a partir del 2 de abril de 2025, los mutualistas tienen que presentar un nuevo formulario en la web de la Agencia Tributaria para solicitar la devolución del IRPF indebidamente cobrado entre 2019 y 2022 (y años anteriores no prescritos), en vez de seguir el procedimiento del que informamos hace un mes. Esta es la tercera vez que se modifica el procedimiento para reclamar lo tributado de más por los jubilados mutualistas, un colectivo castigado por la inestabilidad normativa y los continuos cambios de criterio de la Administración.

¿Qué cambia ahora?

La novedad más relevante es que, con este nuevo procedimiento, los mutualistas pueden solicitar de una sola vez la devolución correspondiente a los ejercicios no prescritos (de 2019 a 2022, y anteriores si procede). Ya no es necesario presentar la solicitud año a año, como se había impuesto tras el cambio normativo de diciembre.

En definitiva, este procedimiento sustituye al que fue aprobado a finales de 2024 y que se ha anulado de forma repentina por el Gobierno.

Lo que no cambia, como ya denunció OCU, es que todas las solicitudes presentadas el año pasado que no habían sido resueltas antes del 22 de diciembre de 2024 fueron invalidadas, dejando sin efecto un proceso que muchos ya habían completado correctamente en la campaña de renta del año pasado.

Por lo tanto, si no has recibido las devoluciones, debes presentar el nuevo formulario, porque la Administración no ha dado continuidad a los trámites iniciados con el formulario del año pasado.

¿Qué tienes que hacer?

  1. Puedes acceder directamente al nuevo formulario de solicitud al identificarte en Renta Web o bien a través de este enlace, usando Clave, certificado electrónico, DNI-e o número de referencia.
  2. Tendrás que indicar un número de cuenta bancaria del que seas titular y un número de teléfono de contacto.
  3. Después, dale al botón de Firmar y Enviar.
  4. Guarda un pdf de la solicitud, cuya marcha podrás consultar en el siguiente enlace de consulta.

Intereses de demora y herederos: algunas mejoras

Tras las protestas de OCU y otras organizaciones, la Agencia Tributaria ha confirmado que las devoluciones incluirán intereses de demora. Para este año 2025, el tipo de interés fijado es del 4,0625%.

Devolución de mutualistas fallecidos

Además, los herederos de mutualistas fallecidos entre 2019 y 2024 podrán solicitar la devolución con el número de referencia del fallecido. Para fallecidos en los años 2023 o 2024, se puede obtenerse directamente en la web de la AEAT. Para fallecimientos anteriores, es necesario solicitarlo acudiendo a una oficina de la AEAT con cita previa y la documentación que acredite la condición de heredero. En todo caso, si el sucesor está dado alta en el Registro de Sucesores, podrá presentar el formulario del mutualista utilizando esta representación. 

Una rectificación necesaria de un grave error

Desde el principio, OCU denunció el trato desigual al que se estaba sometiendo a los mutualistas exigiendo la reactivación del procedimiento anterior.

Esta nueva modificación del procedimiento, la tercera ya, viene a corregir parcialmente un atropello legal. Pero no borra el hecho de que el Gobierno anuló sin previo aviso miles de solicitudes legítimamente presentadas, generando una profunda inseguridad jurídica.

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