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Deducciones fiscales por mejora energética

06 abril 2026
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06 abril 2026

Si tienes un inmueble que necesita mejoras de eficiencia energética, tendrás que hacer una inversión para conseguir reducir su consumo energético o para instalar alguna energía renovable. Además de mejorar la eficiencia, te puedes beneficiar de varias deducciones fiscales muy interesantes: hasta el 60% para el IRPF y hasta el 50% en el IBI. Infórmate y echa cuentas.

Deducciones por mejora energética: vuelven

En 2021 entraron en vigor diversas deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, con diferentes plazos y porcentajes según el tipo de actuación, cuyo plazo se ha ido ampliando en años sucesivos.  

En 2025 algunas de las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética quedaron temporalmente sin efecto tras no convalidarse el “decreto ómnibus” que las recogía. Sin embargo, el Real Decreto-ley 7/2026, publicado en el BOE el pasado 21 de marzo, ha “rescatado” estas deducciones y, lo más importante, lo hace con efectos desde el 1 de enero de 2025. Es decir, todas las obras y pagos de 2025 vuelven a quedar amparados y podrán deducirse en la declaración que presentaremos a partir de abril, siempre que se cumplan el resto de los requisitos exigibles. Esta medida ya se encuentra recogida tanto en el Simulador Renta Web 2025 como en la información oficial publicada por la Agencia Tributaria con motivo de la Campaña de Renta 2025.

Y ahora, toma nota de las obras realizadas en 2026 que dan derecho a una deducción:

Reducir un 7% el consumo de climatización: 20% de deducción

Te puedes deducir el 20% de las cantidades pagadas por obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración (descontando las subvenciones), siempre que no se paguen en efectivo.

Para comprobar la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda es necesario un certificado de eficiencia energética de la vivienda anterior a las obras para poder compararlo con el que emita el técnico competente después de realizarlas. 

Para tener derecho a la deducción la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración se debe haber reducido en al menos un 7% entre uno y otro.

  • La deducción se puede aplicar tanto para vivienda habitual como para otro piso que tengas que esté alquilado o vayas a alquilar como vivienda antes de 31 de diciembre de 2027.
  • El certificado final deberá ser expedido antes del 1 de enero de 2027.
  • El certificado emitido antes de empezar las obras solo será válido si no han pasado más de dos años entre la fecha en que se expidió y el inicio de las obras. 
  • La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros.

Reducir el consumo de energía primaria no renovable: 40% de deducción

Puedes deducirte un 40% del coste de las obras realizadas que logren una mejora en el consumo de energía primaria no renovable, siempre que no se paguen en efectivo y una vez descontadas las subvenciones. La energía primaria no renovable es, por ejemplo, el gasóleo de calefacción o el gas natural: si cambias tu sistema de calefacción por otro de aerotermia podrás deducir el 40% de la inversión.  

Para tener derecho a aplicarla, se deberá acreditar, a través de los certificados de eficiencia energética (uno previo y otro posterior a las obras), una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo

  • Es aplicable a obras en tu vivienda habitual u otra que tengas alquilada o pienses poner en alquiler (antes del 31 de diciembre de 2027).
  • El certificado posterior a la obra se tiene que expedir antes del de 1 enero de 2027.
  • El certificado emitido antes de empezar las obras solo será válido si no han pasado más de dos años entre la fecha en que se expidió y el inicio de las obras. 
  • La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros.

Mejoras en edificios de viviendas para etiqueta B: un 60% de deducción

En caso de obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en todo un edificio de uso predominante residencial (incluidas las viviendas unifamiliares), la deducción podría llegar al 60% de lo que se invierta, tras descontar las subvenciones.

  • La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros. No obstante, es importante tener en cuenta que podrás deducir la inversión en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.
  • Debe acreditarse la mejora con dos certificados de eficiencia energética de la vivienda emitidos por técnico competente: uno emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras y otro emitido al final de las mismas. El certificado posterior a las obras se debe expedir antes del 1 de enero de 2028.
  • Las obras deben ejecutarse y pagarse antes de 2028 y no se pueden pagar en efectivo.

¿Qué gastos se pueden incluir en la deducción?

Evidentemente, todos los que sean indispensables para poder realizar las obras de mejora:

  • Honorarios profesionales
  • Proyectos técnicos
  • Dirección de obras
  • Ejecución de obras o instalaciones
  • Equipos y materiales
  • Certificados de eficiencia energética (imprescindibles para justificar que se puede aplicar la deducción)

Por otro lado, se especifica claramente qué trabajos no se puede incluir en el importe deducible:

  • Obras realizadas en partes de las viviendas en las que se realice una actividad económica
  • Obras realizadas en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, etc.
  • Instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil, como calderas de gas. 

Nueva deducción por instalación de sistemas de autoconsumo de energía renovable

El Real Decreto-ley 7/2026 ha creado una nueva deducción en el IRPF dirigida a incentivar la generación propia de energía eléctrica a partir de fuentes renovables. A diferencia de las anteriores deducciones por eficiencia energética (que premian la reducción del consumo energético del inmueble mediante obras de mejora del aislamiento o de los sistemas de calefacción y refrigeración), esta nueva deducción está pensada para quienes en 2026 instalen en su propiedad sistemas que les permiten producir su propia electricidad a partir de energías limpias. La instalación debe finalizarse antes de que acabe 2026. 

Los sistemas de autoconsumo renovable son instalaciones (principalmente paneles fotovoltaicos, aunque también pueden incluir otras tecnologías de generación eléctrica a partir de fuentes renovables) que permiten al propietario del inmueble generar electricidad para su propio consumo, reduciendo así su dependencia de la red eléctrica y su factura energética. Estos sistemas pueden ir acompañados de baterías de almacenamiento que guardan la energía generada para utilizarla cuando no hay producción, por ejemplo durante la noche. La energía generada no tiene por qué ser de origen exclusivamente solar: la norma se refiere con carácter general a fuentes renovables, si bien la instalación fotovoltaica es la más habitual en el ámbito doméstico.

El porcentaje de deducción será del 20% si la instalación se realiza en una vivienda ubicada en un edificio de uso predominantemente residencial y del 10% si la instalación se realiza en cualquier otro inmueble. 

La base máxima anual de la deducción es de 5.000 euros, pero solo computan las cantidades abonadas mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en entidades de crédito; quedan excluidas las cantidades pagadas en efectivo. Tampoco se incluyen en la base las cuantías que hayan sido o vayan a ser subvencionadas con ayudas públicas.

Se consideran cantidades satisfechas para la instalación la inversión en equipos y materiales, los gastos de instalación y las obras necesarias para su desarrollo.

Para aplicar la deducción es imprescindible contar con el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) conforme al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Los sistemas de autoconsumo no pueden estar afectos a una actividad económica. Si con posterioridad a la instalación se afectasen a una actividad económica, se perderá el derecho a la deducción ya practicada.

Esta deducción es incompatible con la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas respecto de una misma instalación en un mismo inmueble.

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Descuentos en el IBI por instalar energías renovables

La deducción en el IRPF no es la única ayuda fiscal que puedes recibir: en muchos lugares también se contemplan descuentos en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO), en inmuebles con instalaciones renovables y recientemente se han ampliado los supuestos que tienen derecho a bonificaciones:

Se ha modificado la Ley de Haciendas Locales para ampliar la bonificación facultativa en el IBI (que ya existía y permitía a los ayuntamientos aplicar hasta un 50% de reducción en la cuota íntegra mediante ordenanza fiscal) en dos aspectos clave:

  • por un lado, extiende su ámbito a los inmuebles que cuenten con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico no solo de energía solar, como hasta ahora, sino también de energía ambiente (lo que incluye tecnologías como la aerotermia y las bombas de calor);
  • por otro, permite a los municipios modular el porcentaje de bonificación dentro del límite del 50% cuando el inmueble esté asociado a una comunidad energética, posibilidad que no existía antes. 

También se ha modificado la bonificación facultativa en el ICIO que ya permitía a los ayuntamientos aplicar hasta un 95% de la cuota, extendiéndola a las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico no solo de energía solar, como hasta ahora, sino también de energía ambiente (aerotermia y bombas de calor). El porcentaje máximo, el carácter potestativo de la bonificación y el requisito de homologación administrativa permanecen inalterados.

Un estudio realizado por la Fundación Renovables, en colaboración con Otovo concluye qye:

  • 415 municipios españoles de más de 10.000 habitantes ofrecen bonificaciones en el IBI para las instalaciones de autoconsumo.
  • Hay también en algunos de ellos bonificaciones sobre el Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO): 292 municipios tienen ambas deducciones (IBI e ICIO) disponibles, lo que afectaría a un 52% del total de la población española estudiada.

Este mapa muestra, por provincias, el porcentaje de población que tiene bonificaciones en el IBI por renovables en cada provincia.

mapa de reducciones IBI poblacion que las disfruta

Fuente: Fundación Renovables 

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