Velocidad limitada a 90 km/h en carreteras

Se limita a 90 km/h la velocidad máxima en todas las carreteras convencionales. Este nuevo límite, antes a 100 km/h se establece para evitar víctimas mortales ya que es aquí donde se producen la mayoría de accidentes mortales en nuestro país. Tenlo en cuenta por tu bien y por el de los demás. Te decimos en qué casos podrías superar este límite sin temor a multas o radares.
Atención conductores. Desde el 29 de enero ya no podrás sobrepasar los 90 km/h por ninguna de las carreteras convencionales del país independientemente del ancho de la vía y de si dispone o no de arcén de más de 1,5 metros.
Nos obligan a levantar el pie del acelerador para reducir la tasa de mortalidad en carreteras, ya que es aquí donde se producen el 75% de accidentes con víctimas en España.
Por tu propio bien, el de los demás y por el de tu bolsillo, te pedimos que lo tengas en cuenta ya que desde ahora si sobrepasaras dicha velocidad podrías ser multado al saltar el radar.
Atención con los radares y las multas
Este límite de 90 km/h podría rebasarse solamente en estos casos.
- Si estuvieras adelantando a otro vehículo. En este caso podrías rebasar en 20 km/h más, es decir llegar a 110km/h.
- Si circularas por una carretera con una separación física entre los dos sentidos de circulación pudiendo llegar a los 100 km/h (aunque realmente hay pocas carreteras de este tipo).