Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
S. H.
06/04/2026

Préstamo no solicitado. Desembolso sin consentimiento.

MoneyMan ha realizado, con fecha 05.04.2026, una transferencia de 300 euros a mi cuenta bancaria sin mi consentimiento expreso y reclama un total de 418,80 euros, correspondientes a una TAE del 5.378%. He contactado con ellos mediante correo electrónico rechazando el préstamo y solicitando las indicaciones para la devolución del importe sin cargo ni comisiones. Solicito la anulación completa del contrato por falta de consentimiento, indicaciones para proceder a la devolución del importe sin cargos y comisiones y confirmación escrita que no existe ninguna deuda a mi nombre.

En curso
S. M.
01/04/2026

Reembolso de interéses

OCU AnteriorPRESTAMO USURERO, IMCUMPLIMIENTO DE ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGO INTERESES En curso Pública MONEYMAN. ID Finance Spain MONEYMAN. ID Finance Spain Iniciar una reclamación Naturaleza del problema: Contrato Tu reclamación V. 1. A: MONEYMAN. ID Finance Spain 01/04/2026 Por medio del presente escrito formulo reclamación formal en calidad de consumidora frente a la entidad IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan), en relación con los préstamos concedidos por dicha entidad (nº 7674051y 7806457) los intereses aplicados a los mismos. – Carácter usurario de los intereses Los intereses aplicados en los préstamos objeto de reclamación resultan notablemente superiores al interés normal del dinero, lo que podría encuadrarse dentro de lo previsto en la Ley de Represión de la Usura de 23 de julio de 1908, que declara nulos aquellos contratos en los que se pacten intereses notablemente superiores al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionados con las circunstancias del caso. La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo establece que, en caso de declararse la nulidad de un préstamo por usura, el prestatario únicamente está obligado a devolver el capital recibido, debiendo la entidad financiera restituir la totalidad de las cantidades abonadas en concepto de intereses. Por todo lo expuesto, SOLICITO: Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITO FORMALMENTE a la entidad IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan) que proceda de manera inmediata al cumplimiento de las obligaciones Del mismo modo, conforme a lo previsto en el artículo 1124 del Código Civil, el incumplimiento de las obligaciones asumidas por una de las partes faculta a la otra para exigir el cumplimiento de lo pactado o resolver el acuerdo con la correspondiente reclamación de las cantidades que procedan. Por todo ello, les requiero expresamente para que procedan al pago inmediato de la totalidad de los intereses reclamados, mediante transferencia a la cuenta bancaria donde se solicitó el préstamo. Dejando constancia de que la falta de cumplimiento de esta solicitud dará lugar al ejercicio de las acciones legales y administrativas correspondientes ante los organismos supervisores competentes, incluyendo el Banco de España, así como ante las instancias judiciales que resulten oportunas para la defensa de mis derechos como consumidora. TENIENDO EVIDENCIA SOLIDA DE TODO LO ANTERIOR MANIFESTADO.

En curso
D. P.
27/03/2026

Crédito a moneyman que yo no pedi

Hola! El mes pasado buscando un préstamo para comprarme un coche de repente me encontré con un crédito en la cuenta de moneyman de 300 euros. Intenté hablar con ellos para decir que yo no había pedido nada y que les devolvía el dinero pero nunca obtuve respuesta. Ahora a pasado el mes que supuestamente había de plazo y me dicen que les tengo que ingresar 453 euros. Ahora que se a cumplido el plazo es cuando por fin me llaman y puedo hablar con ellos y tienen la cara dura de decirme que yo e solicitado ese credito y que les tengo que abonar 153 euros de intereses.

En curso
L. F.
25/03/2026

Usura

A la atención del Departamento de Atención al Cliente / Departamento Legal de MoneyMan: Yo, Laura Formatge Ruiz, con DNI 76628274W, mediante el presente escrito formulo RECLAMACIÓN FORMAL en relación con las cantidades que su entidad me está exigiendo de forma reiterada y que no se corresponden con la realidad contractual. Únicamente mantengo un préstamo activo con su entidad en la actualidad. El préstamo anterior, por importe de 1.100 €, fue abonado por mi parte hasta alcanzar aproximadamente 1.800 €, y tras la reclamación presentada ante la OCU, dicho préstamo fue revisado por ustedes y declarado liquidado, quedando cerrado sin más obligaciones económicas por mi parte. A pesar de ello, continúan reclamándome una cantidad cercana a 3.000 €, lo cual considero totalmente improcedente, abusivo y contrario a la normativa vigente en materia de créditos al consumo y represión de la usura, pudiendo ser constitutivo de práctica ilegal conforme a la Ley de Represión de la Usura y la normativa de protección de consumidores. Asimismo, les comunico que el único préstamo actualmente vigente con su entidad es por importe de 518 €, cuya primera cuota debe abonarse en el mes de abril, obligación que reconozco y que atenderé conforme a las condiciones pactadas, siempre que se respete la legalidad y no se me imputen cantidades indebidas. Por otro lado, pongo en su conocimiento que mi acceso al área de cliente de su página web se encuentra bloqueado, lo cual vulnera mi derecho a la información contractual y me impide comprobar el estado real de mi deuda, por lo que solicito su desbloqueo inmediato. Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. La revisión inmediata de mi expediente. 2. La anulación de cualquier reclamación económica relacionada con el préstamo ya liquidado. 3. La confirmación por escrito de que únicamente mantengo vigente el préstamo de 518 €. 4. El desbloqueo inmediato de mi acceso al área de cliente. 5. Respuesta por escrito en el plazo legal establecido. En caso de no recibir respuesta satisfactoria, me reservo el derecho de presentar reclamación ante Consumo, la OCU, el Banco de España y, en su caso, ejercer las acciones legales correspondientes por reclamación de cantidades indebidas y posible usura. Firmado: Laura Formatge Ruiz DNI 76628274W

En curso
V. 1.
24/03/2026

PRESTAMO USURERO, IMCUMPLIMIENTO DE ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGO INTERESES

Por medio del presente escrito formulo reclamación formal en calidad de consumidora frente a la entidad IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan), en relación con los préstamos concedidos por dicha entidad (nº 6424606 y 7783057) los intereses aplicados a los mismos y el posterior incumplimiento del acuerdo extrajudicial propuesto por la propia empresa, exponiendo los siguientes: Primero. – Presentación de reclamación inicial Con fecha 27 de diciembre de 2025, presenté reclamación formal ante la entidad reclamada solicitando la revisión de los intereses aplicados a los préstamos contratados, al considerar que dichos intereses resultaban desproporcionados en relación con el capital prestado. Durante la primera fase de dicha reclamación, la entidad trató de persuadirme para desistir de continuar con la misma, ofreciéndome únicamente un descuento aplicable a un futuro préstamo, propuesta que rechacé expresamente por no responder a la devolución de los intereses que consideraba indebidamente cobrados. Segundo. – Respuesta de la entidad y propuesta de acuerdo Tras el análisis de mi reclamación, la entidad procedió a dar respuesta con fecha 19 de enero de 2026, formulando finalmente una propuesta de resolución extrajudicial el día 22 de enero de 2026, indicando expresamente que dicho acuerdo tenía como finalidad evitar la vía judicial y, según sus propias manifestaciones, evitar incrementar la carga de trabajo existente en los juzgados. Tercero. – Firma del acuerdo extrajudicial El acuerdo propuesto por la entidad establecía la devolución de la cantidad de 291,60 €, indicando expresamente que el pago se efectuaría en el mes siguiente a la recepción del acuerdo firmado por mi parte. En cumplimiento de lo anterior, remití el acuerdo debidamente firmado el día 6 de febrero de 2026, quedando por tanto fijado el plazo máximo para la realización del pago como fecha 6 DE MARZO DE 2026 Cuarto. – Incumplimiento del acuerdo por parte de la entidad A fecha de hoy, la entidad no ha efectuado el pago acordado ni ha ofrecido explicación alguna sobre dicho incumplimiento. Adicionalmente, he remitido (4)cuatro correos electrónicos solicitando información sobre el estado del pago y el cumplimiento del acuerdo, sin haber recibido respuesta por parte de la entidad. Esta actuación supone una clara vulneración del principio de buena fe contractual, recogido en el artículo 1258 del Código Civil, que establece que los contratos obligan no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe. Asimismo, el incumplimiento de las obligaciones asumidas en un acuerdo extrajudicial faculta a la parte perjudicada a resolver dicho acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil. Quinto. – Carácter usurario de los intereses Los intereses aplicados en los préstamos objeto de reclamación resultan notablemente superiores al interés normal del dinero, lo que podría encuadrarse dentro de lo previsto en la Ley de Represión de la Usura de 23 de julio de 1908, que declara nulos aquellos contratos en los que se pacten intereses notablemente superiores al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionados con las circunstancias del caso. La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo establece que, en caso de declararse la nulidad de un préstamo por usura, el prestatario únicamente está obligado a devolver el capital recibido, debiendo la entidad financiera restituir la totalidad de las cantidades abonadas en concepto de intereses. Por todo lo expuesto, SOLICITO: Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITO FORMALMENTE a la entidad IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan) que proceda de manera inmediata al cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo extrajudicial suscrito entre las partes, efectuando el pago íntegro de los intereses correspondientes a los préstamos objeto de reclamación, mediante transferencia a la cuenta bancaria que obra en su poder como parte de mis datos personales y que se encuentra expresamente señalada en el propio acuerdo firmado y remitido por mi parte el día 6 de febrero de 2026. Esta solicitud se formula en virtud de lo dispuesto en el artículo 1091 del Código Civil, que establece que las obligaciones nacidas de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes y deben cumplirse conforme a lo pactado. Asimismo, el incumplimiento del acuerdo alcanzado por parte de la entidad vulnera el principio de buena fe contractual recogido en el artículo 1258 del Código Civil, que obliga a las partes no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que se deriven del mismo conforme a la buena fe. Del mismo modo, conforme a lo previsto en el artículo 1124 del Código Civil, el incumplimiento de las obligaciones asumidas por una de las partes faculta a la otra para exigir el cumplimiento de lo pactado o resolver el acuerdo con la correspondiente reclamación de las cantidades que procedan. Por todo ello, les requiero expresamente para que procedan al pago inmediato de la totalidad de los intereses reclamados, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada en el acuerdo a si mismo remitiéndome comprobante de el mismo acto. Dejando constancia de que la falta de cumplimiento de esta solicitud dará lugar al ejercicio de las acciones legales y administrativas correspondientes ante los organismos supervisores competentes, incluyendo el Banco de España, así como ante las instancias judiciales que resulten oportunas para la defensa de mis derechos como consumidora. TENIENDO EVIDENCIA SOLIDA DE TODO LO ANTERIOR MANIFESTADO.

Resuelto
V. 1.
24/03/2026

PRESTAMO USURERO IMCUMPLIMIENTO DE ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGO INTERESES

Por medio del presente escrito formulo reclamación formal en calidad de consumidora frente a la entidad IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan), en relación con los préstamos concedidos por dicha entidad (nº 6424606 y 7783057) los intereses aplicados a los mismos y el posterior incumplimiento del acuerdo extrajudicial propuesto por la propia empresa, exponiendo los siguientes: Primero. – Presentación de reclamación inicial Con fecha 27 de diciembre de 2025, presenté reclamación formal ante la entidad reclamada solicitando la revisión de los intereses aplicados a los préstamos contratados, al considerar que dichos intereses resultaban desproporcionados en relación con el capital prestado. Durante la primera fase de dicha reclamación, la entidad trató de persuadirme para desistir de continuar con la misma, ofreciéndome únicamente un descuento aplicable a un futuro préstamo, propuesta que rechacé expresamente por no responder a la devolución de los intereses que consideraba indebidamente cobrados. Segundo. – Respuesta de la entidad y propuesta de acuerdo Tras el análisis de mi reclamación, la entidad procedió a dar respuesta con fecha 19 de enero de 2026, formulando finalmente una propuesta de resolución extrajudicial el día 22 de enero de 2026, indicando expresamente que dicho acuerdo tenía como finalidad evitar la vía judicial y, según sus propias manifestaciones, evitar incrementar la carga de trabajo existente en los juzgados. Tercero. – Firma del acuerdo extrajudicial El acuerdo propuesto por la entidad establecía la devolución de la cantidad de 291,60 €, indicando expresamente que el pago se efectuaría en el mes siguiente a la recepción del acuerdo firmado por mi parte. En cumplimiento de lo anterior, remití el acuerdo debidamente firmado el día 6 de febrero de 2026, quedando por tanto fijado el plazo máximo para la realización del pago durante el mes de marzo de 2026. Cuarto. – Incumplimiento del acuerdo por parte de la entidad A fecha de hoy, la entidad no ha efectuado el pago acordado ni ha ofrecido explicación alguna sobre dicho incumplimiento. Adicionalmente, he remitido (4)cuatro correos electrónicos solicitando información sobre el estado del pago y el cumplimiento del acuerdo, sin haber recibido respuesta por parte de la entidad. Esta actuación supone una clara vulneración del principio de buena fe contractual, recogido en el artículo 1258 del Código Civil, que establece que los contratos obligan no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe. Asimismo, el incumplimiento de las obligaciones asumidas en un acuerdo extrajudicial faculta a la parte perjudicada a resolver dicho acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil. Quinto. – Carácter usurario de los intereses Los intereses aplicados en los préstamos objeto de reclamación resultan notablemente superiores al interés normal del dinero, lo que podría encuadrarse dentro de lo previsto en la Ley de Represión de la Usura de 23 de julio de 1908, que declara nulos aquellos contratos en los que se pacten intereses notablemente superiores al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionados con las circunstancias del caso. La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo establece que, en caso de declararse la nulidad de un préstamo por usura, el prestatario únicamente está obligado a devolver el capital recibido, debiendo la entidad financiera restituir la totalidad de las cantidades abonadas en concepto de intereses. Por todo lo expuesto, SOLICITO: Que se tenga por presentada la presente reclamación frente a la entidad IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan). Que se deje constancia del incumplimiento del acuerdo extrajudicial previamente propuesto por la propia entidad. Que se inste a la entidad reclamada a proceder de forma inmediata al pago de la cantidad acordada, o en su defecto, a la devolución íntegra de los intereses abonados en ambos préstamos. Asimismo, dejo expresa constancia de que, en caso de persistir la falta de cumplimiento por parte de la entidad, procederé a ejercer las acciones correspondientes ante los organismos supervisores competentes, incluyendo el BANCO DE ESPAÑA, así como a acudir a las vías legales oportunas para la defensa de mis derechos como consumidora. TENIENDO EVIDENCIA SOLIDA DE TODO LO ANTERIOR MANIFESTADO.

Cerrado
E. G.
20/03/2026

abusos de intereses

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, [titular de un préstamo, tarjeta de crédito, otros productos (solo identificar el tipo de producto, no el nº o clave del mismo)]. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con [el cálculo de los intereses, productos vinculados, comisiones o gastos...]. Y ello por: [relato breve de los hechos, no especificar nada personal] Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. contrato, escritura, extracto bancario, otros documentos …] SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para: […]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
N. B.
16/03/2026

Engaño

Haciendo una comparación de préstamos encontré esta página de créditos personales, que me hizo inmediatamente una transferencia de 300 euros que yo NO había solicitado. Quise echarla para atrás, pues vuelvo a recordar, yo NO la había solicitado, me dicen que no se puede anular, sólo pagarla de vuelta y resuelto. Pues bien , la pagué en el momento, y les envié el justificante del pago, para que se cancelara y borraran mis datos. Hace ya 1 semana. Les he escrito varios emails y me dicen que están revisando mi caso, pero a día de hoy sigue apareciendo como pendiente de pago la deuda. No se ha actualizado la información ni borrado mis datos. Para hacerme la transferencia que no pedí se dieron prisa y para cobrarla de vuelta también, pero ahora no tiene prisa en actualizar la página y marcarla como cobrada. Solicito una solución inmediata.

Resuelto
K. F.
11/03/2026

Incumplimiento de acuerdo de devolución de 2.000 €

Presento reclamación contra MoneyMan, operado por ID Finance Spain S.A.U., por incumplimiento de acuerdo relativo al préstamo nº 840380. El día 2 de enero de 2026 firmé un acuerdo con la empresa mediante el cual se comprometían a abonarme la cantidad total de 2.000 €, en cuatro pagos mensuales de 500 €, comenzando el mes siguiente a la firma del cliente. El 28 de enero de 2026 la empresa confirmó por correo electrónico la recepción del acuerdo firmado y me remitió el documento firmado por su parte. Sin embargo, a día de hoy la empresa no ha realizado ninguno de los pagos acordados, pese a que el primer pago debía haberse efectuado durante el mes de febrero de 2026. He realizado varias reclamaciones por correo electrónico y por teléfono sin obtener solución ni explicación por parte de la empresa. Solicito que MoneyMan (ID Finance Spain S.A.U.) cumpla el acuerdo firmado y proceda al pago inmediato de la cantidad total acordada de 2.000 €.

Cerrado
D. H.
08/03/2026

Préstamo 8088740

Hola, desde Moneyman me están reclamando el pago de un supuesto préstamo que supuestamente pedi el pasado mes de Febrero 2026 por valor de 300€. No he aceptado jamas dicho préstamo ademas que jamas he facilitado ningúna información personal para dicho tramite. Por supuesto no hay ningún ingreso en mi cuenta donde supuestamente podrían haber ingresado dicho importe. Ruego cancelen dicha supuesta transacción ya que es completamente falsa. Gracias David

Cerrado

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