A quien corresponda, Procedemos, a través de este medio, a emitir contestación sobre el expediente en asunto tras haber revisado y leído la reclamación interpuesta por el cliente correspondiente al Nº de cliente Patricia016ON4 y Nº de caso 10777569. Este proyecto se dio de alta el 21/11/2023 para el desarrollo de 40 páginas. Toda la información de contratación y los detalles para el desarrollo del proyecto quedaron reflejados en la Orden de Trabajo emitida al Cliente el pasado 23/11/2023. Se realizaron 4 entregas de contenido que se iban pautando en base a los requerimientos del cliente y dos entregas de correcciones, en las que se iba rectificando y ajustando el contenido, respondiendo a sus indicaciones o las de su supervisor. Nuestro principal objetivo de trabajar por entregas es justamente que el cliente tenga tiempo de revisar el contenido y en el caso de que deba modificarse algo o corregir algo en base a lo entregado, podamos ir haciendolo a medida de que vamos realizando el mismo. Tras la última entrega, recibimos nuevo feedback del supervisor del cliente, en este caso, señalando que había que cambiar el apartado 2.3.2 de“cuentos infantiles”a“dramatización”y, además, incluir más información sobre este apartado en el Marco Teórico.Estas correcciones se revisaron, por supuesto, y el profesional encargado del trabajo indicó que esta pauta no se había tenido en cuenta porque no figuraban en la información inicial proporcionada para la realización del proyecto, es decir, no eran correcciones, sino que se trataba de una nueva pauta que se estaba dando en última instancia, cuando el trabajo estaba finalizado y todas las páginas contratadas se habían entregado. Es importante tener presente que, la garantía de servicio escida en las condiciones de contratación, son las correcciones y revisiones del contenido entregado y correspondiente a lo inicialmente solicitado. Si algo no se ha entregado conforme a lo contratado, se revisa pero, en este caso, estas pautas conllevaban una valoración adicional, en tanto que había que rehacer una página desde cero y ampliar otras para incluir la información solicitada que eran nuevas indicaciones o pedidos que no estaban indicados desde un inicio. Esto último debía definirlo el cliente y así se le trasladó en el mail del pasado 25/06/2024. Posteriormente, el Cliente respondió indicando lo mismo pero no confirmó el número de páginas que requería. Todo esto se le explicó al Cliente en diversas ocasiones a través del chat de la empresa, no obstante, en ningún momento confirmó el número de páginas que requería, por lo que tampoco se le pudo facilitar un presupuesto o una fecha para entregar estas rectificaciones que, como ya se ha aclarado, exceden la contratación inicial. Estas instrucciones que se dan una vez hecho suponen más horas de dedicación, es decir un coste adicional, y el cliente no estaba dispuesto a asumir ello. En línea con esto último, añadimos que la Empresa únicamente está obligada a corregir aquello que sea erróneo o haya sido confeccionado de manera contraria a las pautas dadas con antelación por parte del Cliente (antes o en el momento de la contratación) pero, no aquello que esté sujeto a nuevas pautas y que conlleve ampliar o rehacer contenido, que es justamente lo que está ocurriendo porque el Cliente nos da pautas nuevas que implican una valoración adicional temporal y monetaria que no sería de esta forma si, en su debido momento, las hubiéramos recibido y, por ende, podido tener en cuenta con antelación. Señalamos que la Empresa no está de acuerdo y que deniega cualquier solicitud de devolución por parte del Cliente porque el contenido, que es un contenido a medida sujeto únicamente a correcciones, ya le fue entregado y corregido dentro de nuestro período mínimo de 4 días hábiles desde el momento en el que las recibimos. Además, las condiciones de contratación de la empresa recogen lo siguiente: De los trabajos encargados por el CLIENTE, éste no podrá proceder a la devolución de los mismos, pero podrá manifestar su no conformidad a través de los distintos medios, lo que abrirá automáticamente una incidencia que será atendida por el Departamento de Calidad de LA EMPRESA con el fin de corregir o subsanar posibles errores o incumplimientos de lo estipulado en el pedido, aclarar y reencauzar posibles malentendidos acerca del servicio o asignar el trabajo a otro redactor mejor cualificado si el anterior no superase los criterios de calidad de LA EMPRESA. Estas mismas condiciones entendemos que son revisadas antes de confirmar la contratación puesto que, como en cualquier comercio, son aceptadas automáticamente desde el momento en el que se solicita información para el desarrollo de la actividad. Para finalizar, aprovechas para informar de que, en caso de ser necesaria la presentación de evidencias, contamos con toda la información de la contratación, así como los mails intercambiados, archivos entregados y conversaciones con la empresa. Un saludo, Coordinación Dpto. Incidencias TFGOnline El 11/08/2024 19:30 CEST reclamar@ocu.org escribió: