Estimados/as señores/as:
Primero. Que el día 22/05/2025 el reclamante, cayó en el engaño producido por la empresa a la que reclama, My Top Tours, al hacerse pasar por la página web oficial del Museo Del Prado y, como consecuencia, termina comprando a través de esta web una entrada para ir a visitar dicho museo el 24/05/2025. Segundo. Que el reclamante, a la hora de realizar la compra, se da cuenta del mencionado engaño y asimismo se percata de que el precio de la entrada comprada, es triplicado por My Top Tours en comparación con el precio oficial. Tercero. Que acto seguido de realizar la compra, reclama a la empresa la cancelación de la misma y solicita que le devuelvan el importe de la entrada adquirida, cumpliendo con el plazo legalmente establecido de 14 días para ejercer el derecho de desistimiento.Cuarto. Que la empresa le deniega este derecho, alegando que a la hora de efectuar la compra, se avisaba al consumidor de que este importe no sería devuelto.Quinto. Que tal aviso no le salió a la reclamante a la hora de efectuar la compra , sino que por el contrario lo tienen de modo casi oculto en un menú desplegable en algún rincón de su web.Sexto. Que el art. 16 letra l) de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, establece que Los Estados miembros no incluirán el derecho de desistimiento contemplado en los artículos 9 a 15 en los contratos a distancia y los contratos celebrados fuera del establecimiento que se refieran a: a) contratos de prestación de servicios una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado y, si el contrato impone al consumidor una obligación de pago, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y con el conocimiento por su parte de que, una vez que el comerciante haya ejecutado íntegramente el contrato, habrá perdido su derecho de desistimiento.Y que a tales efectos, el reclamante en ningún momento dio su consentimiento expreso.Séptimo. Que aún en el caso de haber aceptado y en base a lo establecido en el art. 1265 CC, se trataría de un consentimiento nulo prestado por error, engaño y dolo provocados por parte de la empresa (al hacerse pasar por la web oficial del Museo Del Prado por lo que dicho contrato estaría viciado y se permitiría, por ende, la nulidad del mismo, al haber sufrido el reclamante tales abusos en la formación de su consentimiento o voluntad de contratar.Octavo. Que tras haber realizado búsquedas de esta empresa en Internet, se observa de que el número de personas que han sido víctimas de este engaño, es escandalosamente grande.
SOLUCIÓN ESPERADA:Solicito el reembolso íntegro de la compra efectuada de 47,89 € y el cese por parte de la empresa de hacerse pasar por la web oficial.
Sin otro particular, atentamente.