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RECLAMACION POR DAÑOS

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Cancelación del vuelo

Tu reclamación

C. S.

A: RYANAIR

15/07/2025

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Santiago de Compostela al de Londres(Stansted), que tenía su salida a las 17:35 horas del día 03 del mes de julio de 2025 por lo que la llegada normal a Londres debería haber tenido lugar a las 18:05 horas del día 03 de julio. Nº de pasajeros: 2 Llegado el día y hora de salida del vuelo, nos meten al avión y tras mas de 4 horas de espera se nos comunica la cancelación del vuelo contratado. El coste total de los vuelos para los dos pasajeros ida y vuelta es de 158,29 €. La imposibilidad de llegar a mi destino de la forma contratada, me ha causado una serie de daños y perjuicios personales como la pérdida de reservas en destino de 4 noches de hotel en habitación doble ascendiendo a la cantidad de 367,80 euros Adjunto los siguientes documentos: tarjetas de embarque y recibo reserva hotel de Londres Solicito se me abone en concepto de indemnización por los daños y perjuicios padecidos, la cantidad de 750€. Sin otro particular, atentamente. Claudia Suárez Cernuda

Mensajes (1)

RYANAIR

A: C. S.

21/08/2025

Your request (65772630) has been updated. To add additional comments, reply to this email. Ref: Estimado Sr./Sra.: Nos remitimos a su correspondencia en nombre del Sra. Claudia Suarez Cernuda. En nombre de Ryanair, nos disculpamos sinceramente por la cancelación del vuelo FR8379 de Santiago de Compostela (SCQ) a London Stansted (STN) el 3 de julio de 2025 debido una huelga convocada por los servicios de control del tráfico aéreo francés, fuera del control de Ryanair. Dado que este vuelo se canceló debido una huelga convocada por los servicios de control del tráfico aéreo francés, fuera del control de Ryanair., consideramos que no estamos obligados a pagar la compensación monetaria del Artículo 7 del Reglamento (UE) 261/2004 en este caso. Además, el EU261 exige que las aerolíneas proporcionen el aviso del artículo 14.2 en el momento de la facturación y lo distribuyan durante las interrupciones del vuelo. Para cumplir con el EU261, Ryanair ha proporcionado el aviso del artículo 14.2 cuando los clientes realizan la facturación en línea. Esto les brinda una amplia oportunidad antes de la salida para revisar y tener acceso al aviso de sus derechos en todo momento. A todos los clientes afectados por la cancelación de este vuelo se les envió un mensaje con acceso al aviso EU261. El correo electrónico contenía enlaces para realizar un cambio de vuelo gratuito, solicitar un reembolso y detalles sobre cómo comunicarse con nuestro Departamento de Reservas. A Continuacion En caso de cancelación, las opciones disponibles se detallan en el folleto UE261, de la siguiente manera Transporte en el próximo vuelo disponible en la misma ruta. Transporte desde otro aeropuerto de salida de Ryanair o a través de un aeropuerto de Ryanair hasta el original. Reembolso por el sector afectado: una vez aceptada esta opción, no surge ninguna otra responsabilidad en virtud del artículo 261 de la UE. Confirmamos que el pasajero opto por el número 3 y recibió un reembolso completo de 178.58EUR por el vuelo FR8379 de Santiago de Compostela (SCQ) a London Stansted (STN) el 4 de julio de 2025. También tenga en cuenta que Ryanair no está obligado a pagar los gastos prepagos según el artículo 261 de la UE. Queremos informarle que todas las declaraciones son confidenciales y solo pueden ser revisadas por los reguladores. Contienen información comercial sensible, que se proporciona de forma confidencial y que no debe distribuirse sin el permiso previo de Ryanair. Esperamos que esto haya sido de ayuda. Atentamente, Fergus T. Regulator Admin Support Specialist E-MAIL DISCLAIMER This e-mail and any files and attachments transmitted with it are confidential and may be legally privileged. They are intended solely for the use of the intended recipient. Any views and opinions expressed are those of the individual author/sender and are not necessarily shared or endorsed by Ryanair Holdings plc or any associated or related company. In particular e-mail transmissions are not binding for the purposes of forming a contract to sell airline seats, directly or via promotions, and do not form a contractual obligation of any type. Such contracts can only be formed in writing by post or fax, duly signed by a senior company executive, subject to approval by the Board of Directors. The content of this e-mail or any file or attachment transmitted with it may have been changed or altered without the consent of the author. If you are not the intended recipient of this e-mail, you are hereby notified that any review, dissemination, disclosure, alteration, printing, circulation or transmission of, or any action taken or omitted in reliance on this e-mail or any file or attachment transmitted with it is prohibited and may be unlawful. If you have received this e-mail in error please notify Ryanair Holdings plc by contacting Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair DAC. (Company No. 104547). Registered in the Republic Of Ireland. Airside Business Park, Swords, Co Dublin, Ireland. trigger_logic_for_ryanair Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair D.A.C. (Company No. 104547). Registered in the Republic of Ireland. With registered address Airside Business Park, Swords, Co. Dublin, Ireland. [LZNLYM-4931J]


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