Hola,
hace practicamente 1 año que tengo abierta una reclamación con Vueling (caso 08150335) por el cobro indebido por llevar la maleta de mano en el avión. El correo electronico particularcustomervy@vueling.com ha dejado de funcionar y en el formulario web te remiten al telefono de asistencia el cual es imposible contactar con un operador o realizar la operación correspondiente a la reclamación. No obstante dejo indicada aqui mi reclamación ya que esta práctica de cobrar por el equipaje de mano incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo. Sólo contempla como excepciones razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave. También vulnera el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que sea aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y el cual recoge como cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato, así como aquellas que limiten los derechos del consumidor y usuario, determinen la falta de reciprocidad en el contrato y resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato, entre otras. Igualmente, según la jurisprudencia establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), las aerolíneas pueden cobrar por el equipaje que se factura, porque no se considera indispensable, cosa que sí sucede con el de mano. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señala en el asunto C-487/12 que el equipaje debe considerarse, en principio, un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y que su transporte, por consiguiente, no puede ser objeto de un suplemento de precio, siempre y cuando dicho equipaje responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables. El cobro de 60 euros por mi maleta de mano contradice esta disposición legal. Por lo tanto, exijo la devolución del pago de 60 euros que realicé debido a esta situación injusta y abusiva