Merkal Calzados, S.A.
Departamento de Atención al Cliente
Estimados señores,
Me dirijo a ustedes en calidad de cliente y miembro del Club Merkal para presentar una reclamación formal en relación con la negativa a procesar la devolución de un par de zapatos adquiridos en su tienda de Granollers el 22 de junio de 2024, cuya compra está registrada en mi cuenta del Club Merkal. La reclamación fue realizada el 19 de octubre de 2024 en el mismo establecimiento, debido a un defecto manifiesto en el producto que, a nuestro juicio, vulnera la normativa sobre la garantía de bienes de consumo.
A pesar de haber mostrado el cargo en la cuenta de la tarjeta de crédito que acredita la compra, se nos exigió presentar el ticket de compra original, sin aceptar la información de la compra registrada en su propio sistema del Club Merkal. Consideramos que esta exigencia resulta contraria a la normativa de consumo vigente en España, y que no se ajusta a las obligaciones que como empresa tienen en cuanto a la protección de los derechos del consumidor.
En virtud de lo establecido en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), es importante destacar lo siguiente:
Garantía legal del producto: Según el artículo 120 del mencionado Real Decreto, todos los productos de consumo están sujetos a una garantía mínima de dos años a partir de la entrega. El defecto presentado se encuentra dentro de este periodo y, por lo tanto, Merkal Calzados está obligado a gestionar la reparación, sustitución, reducción de precio o devolución del producto sin coste para el consumidor.
Prueba de compra: Si bien el ticket de compra es un medio común de prueba, el artículo 126 del mismo texto legal establece que la prueba de la compra puede realizarse por cualquier medio admitido en derecho, incluyendo extractos bancarios o cualquier otra documentación que acredite la relación contractual. En este caso, el cargo en la cuenta bancaria y la información del Club Merkal, que la propia empresa administra, son pruebas suficientes para acreditar la compra.
Imposibilidad de negar la devolución: Al ser un producto defectuoso y estar acreditada la compra, Merkal Calzados tiene la obligación de ofrecer una solución al consumidor. La negativa basada únicamente en la falta de un ticket físico, cuando el sistema de la empresa y el extracto bancario acreditan la transacción, vulnera los derechos del consumidor, conforme al artículo 122 y 123 de la Ley.
Por lo tanto, solicito formalmente que se proceda a la devolución o sustitución del producto defectuoso sin más dilación, utilizando como prueba de la compra los datos registrados en su sistema y el cargo bancario que hemos presentado.
En caso de no recibir una respuesta favorable en un plazo razonable, me reservo el derecho a tomar las acciones legales pertinentes, incluida la presentación de una reclamación ante las autoridades competentes de consumo y, si fuera necesario, el inicio de acciones judiciales para la defensa de mis derechos como consumidor.
Quedo a la espera de su respuesta y solución al respecto.
Atentamente,
Miembro del Club Merkal (VICENTE CORBERA ORTEGA)