A la atención de:
Feu Vert Montigalá
Centro Comercial Montigalá, Badalona
Fecha: 27/11/2024
Estimados señores/as,
Me dirijo a ustedes con esta reclamación formal para manifestar mi profunda insatisfacción con los servicios prestados en su taller el día 23/11/2024. Considero que los hechos relatados a continuación evidencian una falta de profesionalidad grave, además de un incumplimiento de las obligaciones contratadas, poniendo en riesgo mi seguridad, la de mi familia y la de otros usuarios de la vía pública.
1. Iluminación del vehículo:
En su taller se procedió al cambio de la luz del freno trasero derecho. Sin embargo, al recoger el vehículo, el salpicadero aún mostraba el icono de luz fundida.
Al regresar para informar de la anomalía, el mecánico descubrió in situ que la luz de marcha atrás estaba fundida y en mal estado. No solo no se reparó, sino que se me informó que su taller no podía solucionar este problema al tratarse de un mecanismo eléctrico.
Este hecho, gravísimo por su implicación en la seguridad y la legalidad del vehículo, no consta reflejado en el informe entregado. Sin esta luz en funcionamiento, el vehículo no habría pasado la ITV y circular en esas condiciones podría haber acarreado sanciones o, peor aún, accidentes.
2. Neumáticos:
Acudí específicamente al taller porque la rueda delantera derecha estaba desinflada y sospechábamos de un pinchazo. Así se informó al profesional que recepcionó el vehículo, como consta en la hoja de trabajo.
Al retirar el coche el día 23/11/2024, se me aseguró que la rueda había sido revisada y que no presentaba ningún pinchazo ni otra incidencia a informar. Sin embargo, este dato tampoco aparece reflejado en el informe proporcionado, donde únicamente se incluye un presupuesto para valorar el cambio de las ruedas traseras.
El 24/11/2024, al intentar usar el vehículo, la rueda delantera derecha apareció completamente desinflada. Al contactar con su taller, el jefe me informó que esa rueda "no tenía ningún pinchazo" según la revisión realizada el día 23/11/2024, pero me recomendó volver al taller para verificar la situación.
3. Valoración tras nueva visita:
Hoy, 27/11/2024, tras acudir nuevamente al taller y recibir una llamada de parte del jefe de taller, se me comunica que la rueda delantera derecha está en mal estado (la que no tenía ni un pinchazo), que presenta un parche antiguo y una grieta. Por tanto, ahora resulta necesario cambiar la rueda completa junto con la otra delantera, ascendiendo el presupuesto a 220€, ajustado supuestamente "por las molestias".
Este cambio de valoración resulta absolutamente inaceptable y contradictorio, ya que el día 23/11/2024, esa misma rueda fue considerada apta para circular tras su intervención. Esta negligencia no solo denota una falta de rigor técnico, sino que además ha ocasionado perjuicios personales y laborales significativos.
4. Otras anomalías:
En el informe de la revisión integral, únicamente consta una foto del guardapolvos y ninguna otra información relevante sobre el estado general del vehículo. Esta falta de detalle refuerza mi desconfianza en la calidad del servicio prestado y pone en duda la validez de la revisión integral realizada.
5. Les recuerdo que los talleres mecánicos están sujetos a una serie de normativas que garantizan la seguridad y los derechos de los consumidores:
*Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007):
Establece el derecho del cliente a recibir servicios de calidad que no pongan en riesgo su seguridad.
Obliga a proporcionar información completa, veraz y detallada sobre las reparaciones realizadas.
*Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998):
Los talleres deben garantizar que los vehículos reparados cumplen con las condiciones técnicas y de seguridad necesarias para circular.
*Real Decreto 1457/1986, de regulación de talleres:
Obliga a emitir un informe completo sobre las reparaciones realizadas, incluyendo cualquier elemento que comprometa la seguridad del vehículo.
Exige una garantía mínima de 3 meses o 2.000 kilómetros para los trabajos realizados, especialmente en elementos de seguridad como neumáticos, luces y frenos.
*Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003):
Establece la obligación de informar si el vehículo no cumple con los requisitos mínimos para circular de forma segura, especialmente cuando los defectos pueden derivar en riesgos para la seguridad vial.
Perjuicios sufridos:
La situación me ha obligado a recurrir a una grúa para cambiar la rueda de repuesto, reorganizar mi estructura familiar y laboral, y perder horas de trabajo para acudir nuevamente al taller. Todo ello causado por una intervención claramente deficiente e insegura por parte de su equipo.
Solicitudes:
En base a lo expuesto, solicito:
La devolución íntegra del importe pagado por la revisión y los servicios realizados el día 23/11/2024 . Con el propósito de cubrir los costes de una nueva revisión completa en un taller de mi elección, con el fin de verificar que las intervenciones indicadas en su hoja de revisión integral se han realizado correctamente y con los estándares necesarios para garantizar la seguridad del vehículo.
Una explicación detallada y por escrito sobre lo sucedido, especialmente respecto al tratamiento defectuoso de la rueda delantera derecha.
Espero que comprendan la gravedad de lo sucedido y actúen con la debida diligencia para resolver este problema de manera urgente.