Anterior

Reclamación por Incumplimiento Contractual y Devolución de Cantidades Entregadas

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

R. R.

A: Valida Solutions

07/10/2025

DATOS DE LA EMPRESA RECLAMADA: Nombre de la Empresa: VALIDA SOLUTIONS Correo electronico de la empresa: montajes@valida.es DATOS DEL RECLAMANTE (Comunidad de Propietarios): Nombre de la Comunidad: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS OLMO N ∘ 22 Representante Legal (Presidente/a): D./Dña. Marina Busto Rodríguez 3B Domicilio de la Comunidad: Calle Olmo 22 San Fernando Cádiz Teléfono de Contacto: 611641984 Correo Electrónico: marinabusto@gmail.com HECHOS: Contrato de Instalación: En nuestra Comunidad de Propietarios contrató con su empresa la instalación de un salvaescaleras en el edificio, destinado a facilitar la accesibilidad hasta la primera planta, y se realizó una entrega a cuenta (o un segundo pago final) por importe de 5.178,57 €.   Imposibilidad de Instalación y Riesgo: Posteriormente a la contratación y en el proceso de instalación, se evidenció que la misma conllevaba la creación de una nueva barrera arquitectónica que impediría el uso de medios auxiliares externos para el traslado de familiares de un propietario (del 2 ∘ B) que necesitan asistencia médica periódica. Además, se comprobó que la instalación comprometería el espacio necesario para una evacuación segura.   Infracción Normativa y Contractual: La instalación de cualquier elemento de accesibilidad debe garantizar la supresión de barreras existentes sin generar otras nuevas, y debe cumplir con la normativa de accesibilidad y seguridad (incluyendo las vías de evacuación). Su empresa, como profesional en la materia, debió verificar la viabilidad técnica y legal del proyecto antes de la contratación y de recibir pagos a cuenta. El diseño propuesto, o la instalación en sí misma, resultaba inviable al generar una nueva barrera y poner en riesgo la seguridad de evacuación, lo cual implica un incumplimiento de la obligación profesional de asegurar que el proyecto cumple con la normativa aplicable y es funcional. Acuerdo Comunitario de Desistimiento: La Junta de Propietarios, en reunión Ordinaria del 7 de mayo de 2025, acordó por unanimidad la no instalación del salvaescaleras por las razones de seguridad y accesibilidad mencionadas, a pesar de la pérdida de la cantidad entregada a cuenta. No se puede eliminar una barrera creando una nueva.   Pérdida de Cantidad: El importe de 5.178,57 € fue abonado a su empresa en concepto de primer pago y la Comunidad no ha recibido contraprestación alguna, al no haberse realizado la instalación por causas de inviabilidad técnica/legal no imputables a la Comunidad, sino a la falta de previsión en el diseño o la verificación previa por parte de su empresa.   PETICIÓN (FUNDAMENTOS DE DERECHO): En virtud de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la normativa sobre accesibilidad, y el Código Civil en lo relativo a la responsabilidad contractual, exigimos la inmediata devolución de los 5.178,57 € abonados a cuenta. Consideramos que su empresa debe asumir la responsabilidad por la inviabilidad del proyecto, ya que, como experta, debió haber advertido que la instalación no cumplía con los estándares mínimos de accesibilidad y seguridad para la comunidad. La pérdida de esta cantidad constituye un perjuicio económico que debe ser subsanado por la parte profesional que incumplió su deber de diligencia. SOLICITUD: Por lo expuesto, requerimos a la empresa VALIDA SOLUTIONS la devolución íntegra de la cantidad de CINCO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (5.178,57 €) en el plazo máximo de 15 días naturales a partir de la recepción de esta reclamación. En caso de no proceder a la devolución, esta Comunidad se reserva el derecho de iniciar las acciones legales (judiciales y administrativas) que correspondan para la defensa de sus intereses, incluyendo la reclamación por daños y perjuicios. Atentamente, D./Dña. Marina Busto Rodríguez Presidente/a de la Comunidad de Propietarios Olmo N ∘ 22

Mensajes (2)

Valida Solutions

A: R. R.

09/10/2025

Buenos días, Respondemos a la reclamación con REF: Muchas gracias, Yaiza De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org Enviado el: martes, 7 de octubre de 2025 22:31 Para: SAC (Valida) sac@valida.es Asunto: Reclamación por Incumplimiento Contractual y Devolución de Cantidades Entregadas ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌

R. R.

A: Valida Solutions

09/10/2025

Es fundamental saber que la instalación de un salvaescaleras (silla elevadora, plataforma elevadora, etc.) no es legal si las dimensiones de la escalera en la que se pretende montar no cumplen con las medidas mínimas establecidas por la legislación vigente en materia de accesibilidad y seguridad. ​La normativa está diseñada para garantizar no solo la operatividad del equipo, sino, crucialmente, la seguridad y la vía de evacuación de las escaleras para el resto de usuarios, especialmente en caso de emergencia. Si la instalación del salvaescaleras reduce el ancho libre de la escalera por debajo de lo legalmente exigido, la instalación es inválida e ilegal. ​Responsabilidad de la Empresa de Montaje ​La empresa instaladora es la máxima responsable de garantizar que el montaje cumple íntegramente con todas las normativas técnicas y legales aplicables antes de proceder con el trabajo. ​Es su obligación evaluar las dimensiones de la escalera antes de aceptar el proyecto. ​Deben informar al cliente si las medidas son insuficientes o si la instalación propuesta compromete la legalidad o la seguridad. ​En caso de que la instalación se realice sin respetar las dimensiones mínimas, la empresa de montaje será la directamente responsable de la infracción legal y de las consecuencias que de ella se deriven, incluyendo posibles sanciones y la obligación de desinstalar el equipo. ​Por lo tanto, cualquier empresa que proceda a montar un salvaescaleras en una escalera de dimensiones no reglamentarias está actuando fuera de la ley y asumiendo una responsabilidad legal completa.

Asistencia solicitada 13 octubre 2025

¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Llámanos

Consulta nuestros horarios de atención aquí

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma