Anterior

Reclamación por falta de asunción de responsabilidades por retraso del vuelo

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Retraso en el vuelo

Tu reclamación

M. V.

A: RYANAIR

17/01/2025

Estimados/as señores/as: Teníamos contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Sevilla al de Colonia, que tenía su salida a las 7:35 horas del día 12 del mes de enero de 2025, por lo que la llegada normal a Colonia debería haber tenido lugar a las 10:25 horas del mismo día. Adjunto las tarjetas de embarque. Nº de pasajeros: 2 N° de reserva: JRD4UD - KUEIVR El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada, aterrizando pasadas las 14:00, tras haber sido retrasado el embarque hasta en tres ocasiones entre las 7:35 y las 10:05. Como demuestra la información proporcionada por la misma Ryanair, el retraso inicial no se debió a ninguna circunstancia exceptional, sino que el avión no volvió a la base la noche anterior debido únicamente a un exceso de horas de trabajo de la tripulación. Es decir, Ryanair no hizo lo necesario para reemplazar el avión y la tripulación a tiempo, a sabiendas que ello podría provocar los sucesivos retrasos y pérdidas de slots que finalmente sucedieron. SOLICITAMOS así pues la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.

Mensajes (4)

M. V.

A: RYANAIR

30/01/2025

Estimados/as señores/as: Seguimos a la espera de su respuesta. Atentamente.

RYANAIR

A: M. V.

07/02/2025

Your request (58833802) has been updated. To add additional comments, reply to this email. REF: @@REF_ID@dc4531563baed4ccfb@REF_ID@@ Estimado Sr./Sra, Acusamos recibo de su correspondencia en nombre del Sr. Manuel Villalba Fernández Lamentamos sinceramente el retraso del vuelo FR1139 de SVQ a CGN el 12/10/2025 , debido a condiciones meteorológicas adversas sobre el aeropuerto de Sevilla, ajenas al control de Ryanair. El artículo 261 de la UE exige a las compañías aéreas que faciliten el aviso del artículo 14.2 en el momento de la facturación y que lo distribuyan durante las interrupciones de los vuelos. Para cumplir con la EU261, Ryanair ha proporcionado el aviso del artículo 14.2 cuando los clientes realizan la facturación en línea. De este modo, antes de la salida del vuelo, los clientes tienen la oportunidad de consultar y acceder al aviso de sus derechos en todo momento. Todos los clientes afectados por el retraso de este vuelo recibieron un correo electrónico en el que se les daba acceso al aviso del Reglamento 261 de la UE. Dado que este suceso estaba fuera de nuestro control, en nuestra opinión no debemos pagar en este caso la compensación monetaria prevista en el artículo 7 del Reglamento 261/2004 de la UE. Podemos confirmar que los pasajeros abordaron el vuelo afectado. Esperamos haber sido de asistencia. Kind regards, Luis C. Regulator Support Specialist E-MAIL DISCLAIMER This e-mail and any files and attachments transmitted with it are confidential and may be legally privileged. They are intended solely for the use of the intended recipient. Any views and opinions expressed are those of the individual author/sender and are not necessarily shared or endorsed by Ryanair Holdings plc or any associated or related company. In particular e-mail transmissions are not binding for the purposes of forming a contract to sell airline seats, directly or via promotions, and do not form a contractual obligation of any type. Such contracts can only be formed in writing by post or fax, duly signed by a senior company executive, subject to approval by the Board of Directors. The content of this e-mail or any file or attachment transmitted with it may have been changed or altered without the consent of the author. If you are not the intended recipient of this e-mail, you are hereby notified that any review, dissemination, disclosure, alteration, printing, circulation or transmission of, or any action taken or omitted in reliance on this e-mail or any file or attachment transmitted with it is prohibited and may be unlawful. If you have received this e-mail in error please notify Ryanair Holdings plc by contacting Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair DAC. (Company No. 104547). Registered in the Republic Of Ireland. Airside Business Park, Swords, Co Dublin, Ireland. trigger_logic_for_ryanair Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair D.A.C. (Company No. 104547). Registered in the Republic of Ireland. With registered address Airside Business Park, Swords, Co. Dublin, Ireland. [WV3NXN-M9JJX]

M. V.

A: RYANAIR

10/02/2025

Estimados Sres., Acusamos recibo de su respuesta, lamentando profundamente que Ryanair niegue su responsabilidad en este caso. En primer lugar, queremos señalar que sólo fuimos informados del retraso del vuelo FR1139 después de la hora prevista de salida, cuando el mismo retraso ya era una evidencia. Asimismo, ponemos en cuestión que el retraso se debiese a condiciones meteorológicas adversas, dado que el resto de vuelos con origen en el aeropuerto de Sevilla operaron con normalidad en el mismo intervalo de tiempo. A este respecto, les solicitamos documentación que demuestre que las condiciones en ese momento fueron realmente extraordinarias hasta el punto de impedir la salida de nuestro vuelo. Del mismo modo, solicitamos la documentación que acredite un retraso generalizado del resto de vuelos. Por otro lado, le vuelvo a recordar que, según la información disponible en la propia app de Ryanair mientras esperábamos el avión, el retraso inicial no se debió a circunstancias excepcionales, sino simplemente a la falta de retorno del avión al aeropuerto de Sevilla la noche anterior como consecuencia de un exceso de horas de trabajo de la tripulación. Esto implica, como bien sabe, que Ryanair no tomó las medidas necesarias para reemplazar la aeronave y la tripulación a tiempo, a sabiendas de que ello provocaría retrasos y la consecuente pérdida de slots. Dado que el Reglamento 261/2004 de la UE establece que las aerolíneas son responsables de gestionar sus recursos de manera que se minimicen los inconvenientes para los pasajeros, consideramos que este retraso es imputable a la compañía y, por tanto, exigimos la compensación prevista en su artículo 7. Esperamos su respuesta en el menor plazo posible y, en caso contrario, nos reservamos el derecho de elevar esta reclamación ante las autoridades competentes.

RYANAIR

A: M. V.

27/02/2025

Your request (58833802) has been updated. To add additional comments, reply to this email. REF: @@REF_ID@dc4531563baed4ccfb@REF_ID@@ Estimado Sr./Sra, Acusamos recibo de su correspondencia en nombre del Sr. Manuel Villalba Fernández Tras revisar nuevamente esta reclamacion, mantenemos nuestra posición de nuestro último mensaje con fecha 7 de febrero de 2025. El retraso del vuelo FR1139 de SVQ a CGN el 12/10/2025 , fue debido a condiciones meteorológicas adversas sobre el aeropuerto de Sevilla, ajenas al control de Ryanair. Dado que este suceso estaba fuera de nuestro control, en nuestra opinión no debemos pagar en este caso la compensación monetaria prevista en el artículo 7 del Reglamento 261/2004 de la UE. Esperamos que lo anterior aclare este asunto. Kind regards, Luis C. Regulator Support Specialist E-MAIL DISCLAIMER This e-mail and any files and attachments transmitted with it are confidential and may be legally privileged. They are intended solely for the use of the intended recipient. Any views and opinions expressed are those of the individual author/sender and are not necessarily shared or endorsed by Ryanair Holdings plc or any associated or related company. In particular e-mail transmissions are not binding for the purposes of forming a contract to sell airline seats, directly or via promotions, and do not form a contractual obligation of any type. Such contracts can only be formed in writing by post or fax, duly signed by a senior company executive, subject to approval by the Board of Directors. The content of this e-mail or any file or attachment transmitted with it may have been changed or altered without the consent of the author. If you are not the intended recipient of this e-mail, you are hereby notified that any review, dissemination, disclosure, alteration, printing, circulation or transmission of, or any action taken or omitted in reliance on this e-mail or any file or attachment transmitted with it is prohibited and may be unlawful. If you have received this e-mail in error please notify Ryanair Holdings plc by contacting Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair DAC. (Company No. 104547). Registered in the Republic Of Ireland. Airside Business Park, Swords, Co Dublin, Ireland. trigger_logic_for_ryanair Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair D.A.C. (Company No. 104547). Registered in the Republic of Ireland. With registered address Airside Business Park, Swords, Co. Dublin, Ireland. [WV3NXN-M9JJX]

Asistencia solicitada 28 febrero 2025

¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Llámanos

Consulta nuestros horarios de atención aquí

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma