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Reclamación de duda prescrita

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S. P.

A: I.S.G.F. INFORMES COMERCIALES

04/11/2024

En el año 2018 una persona se hizo pasar por mi generando una deuda en Vodafone y Orange. Esto se llevó por cauces legales y ambas empresas decidieron saldar la deuda. A día de hoy, 8 años después, siguen llamándome para reclamarme una deuda de 77€. Según el artículo 1964 del Código Civil, el plazo general para reclamar una deuda de carácter personal es de cinco años, pero es que además, se rebaja a tres años si el deudor es un particular y la deuda se refiere a una factura impagada. Por lo tanto, esta deuda debería estar prescrita desde 2021 y, por ende, las llamadas deben de cesar. Además de esto, llevan dos años amenazándome con meterme en el fichero de morosos y emprender acciones legales. Ya está bien, hombre.


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