Durante la tarde del día 26 de Mayo del 2018, asistí a los Cines Van Dyck del centro comercial El Tormes en Salamanca con 3 amigos. Llevaba conmigo una botella de agua y una bolsa de patatas fritas.Una vez compradas las entradas, el encargado nos interceptó y aseguró que no podíamos entrar en las salas con comida comprada en el exterior. Intenté explicarle que era abusivo prohibir la entrada a las salas con comida procedente del exterior, pues su motor económico es la proyección de películas, no la venta de consumibles. Él alegó que atendían a su derecho de admisión por el cual no podíamos introducir comida de fuera. Dijo que este derecho estaba aprobado por la Junta de Castilla y León. Tuve que proceder a dejar los consumibles para poder entrar en la sala, habiendo perdido tiempo de película mientras alegaba que era una Cláusula abusiva.Intenté ser razonable en todo momento, pero el encargo no se mostró dispuesto en ningún momento a dejarme entrar con la comida en la sala. Cómo he dicho, no pude introducir dicha comida.Alego que es una cláusula abusiva, y considero que se me debería compensar por perder tiempo de película y vulnerar mis derechos como consumidor.