El pasado 28 de marzo acudí a una sesión de cine en la que se me prohibió introducir en la sala comida y bebida del exterior, permitiéndome únicamente hacer la compra de dichos productos en el establecimiento de alimentación titularidad de la misma empresa que gestiona el cine. Para recalcarme la prohibición, me enseñaron el cartel que figuraba a la entrada en el que simplemente la empresa informa que está dada de alta en el epígrafe correspondiente del IAE que le permite el comercio y venta de productos alimentarios. Les indico que ello no conlleva la prohibición de acceso con productos del exterior similares a los que ellos venden, pero me impiden de manera reiterada la entrada y me exigen ver todo lo que llevo en la bolsa, invitándome a dejarla en una taquilla o a custodiármela ellos.Como consecuencia de todo esto y no pudiendo dejar a los niños solos, tanto mis nietos como yo llegamos tarde a la película y no podemos ni siquiera beber agua, a pesar del calor exagerado que se acumula en la sala y que nos obliga a salir de la sala en reiteradas ocasiones a beber agua de los baños.