Anterior

Producto defectuoso

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

D. T.

A: Deporvillage

15/09/2017

El 27 de julio recibí una zapatillas reebok nano7 de crossfit, tras el uso de las zapatillas por 6 veces en el interior de un box noté que la suela en el tacón se está despegando.Empecé a contactar con la empresa online desde el 9 de agosto y a día de hoy no he recibido solución a la incidencia.

Mensajes (9)

Deporvillage

A: D. T.

15/09/2017

Hola Daniele,Lamentamos lo ocurrido. Por nuestra parte como siempre vamos a gestonarla garantía con la marca y procederemos a hacerte un cambio por otras nuevas .A parte de la foto del defecto también necesitamos foto de la etiqueta que se encuentra en la parte de debajo de la lenga¼eta. En seguida que recibamos esta información procederemos a hacerte un cambioabono del producto, lo que perfieras.Quedamos a la espera de tus instrucciones.Gracias y disculpa las moletiasAtentamente,Equipo deporvillageEl 11/09/2017 a les 17:57, ha escrit: Reclamación: Producto defectuoso (CPTES00241188-46)

D. T.

A: Deporvillage

15/09/2017

Buenos días,Gracias por la respuesta, de bajo de la lengüeta no hay etiqueta, envío otra que está en el interior del zapato. Cuándo va a llegar el zapato de sustitución?Un saludo

Deporvillage

A: D. T.

18/10/2017

Número de expediente: 104793861-10 Estimado socio: Nos ponemos en contacto con usted en referencia a su correo, le hemos llamado para comentar el mismo pero no hemos podido contactar con usted.Desde OCU podemos ofrecerle nuestro servicio de mediación, para reclamar a la empresa que cumpla con su obligación.Si desea que mediemos debe enviarnos la factura de compra, los correos de reclamación y las respuestas de la empresa, si las hay, y una autorización para mediar, con sus datos y su firma (le adjuntamos un modelo).Quedando a su entera disposición, reciba un cordial saludo.ASESORIA OCU click en el siguiente enlace::na2.se.voxco.com/se/?st=6M9NIk9SWq8HyzjlFgxF4W8jaSnOeP%2f%2fnYmzdePx9%2bhpUU96hYFfCA%3d%3durlimport=1questlist=SESSIONIDSESSIONID=10654968

Deporvillage

A: D. T.

18/10/2017

DATA NOT AVAILABLE

Deporvillage

A: D. T.

06/11/2017

Buenos días,Cómo sigue el proceso? Me podéis confirmar por favor si necesitáis algo más de mí parte?Muchas gracias y un saludoDaniele Trotta El 18 oct 2017, a las 16:04, Dani Trotta escribió: Buenas tardes, muchas gracias por el mensaje y efectivamente quiero seguir adelante con la mediación. Brevemente le relato lo sucedido: 22 de julio: compro una zapatillas Reebok Nano 7 en Deporvillage.com Para que quede claro estas zapatillas son especificas para la disciplina deportiva de Crossfit y por lo menos, como publicitan son súper resistentes (a continuación envío factura) Cito de la web de Reebok: Hecha por crossfitters y para crossfitters. Te presentamos la última incorporación a tu bolsa del gimnasio: la Nano 7. La Nano 7 está diseñada para proporcionar a los atletas una máxima estabilidad sobre la zapatilla manteniendo la forma natural del pie, y viene con una suela flexible para mayor movilidad y tracción. El contrafuerte del talón adicional proporciona un gran ajuste que te proporciona más seguridad a la hora de levantar grandes pesos. Puntera con un diseño anatómico y silueta son diseño de corte bajo para una sensación natural y máxima libertad de movimiento del tobillo. Plantilla Ortholite para más amortiguación. Refuerzo en el talón de TPU para un mayor ajuste. Suela de caucho con ranuras que se flexiona de forma natural proporcionándote mayor equilibrio y estabilidad. Caída del talón a la punta de 4 mm. Además, la tecnología NanoWeave de la parte superior proporciona transpirabilidad y confort. 27 de julio: recibo las zapatillas 9 de agosto: tras 6 entrenos la suela se empieza a despegar y contacto inmediatamente con la web enviandoles fotos (a continuación envío cadena de correos) con lo sucedido. 14 de agosto: vuelvo a contactar al no haber recibido respuesta 17 de agosto: me dicen de contactar con potventa@deporvillage.com 20 de agosto: les vuelvo a madar por tercera vez el realto de lo sucedido 29 de agosto: me dicen que han pasado la incidencia al proveedor y que me dirán algo lo antes posible y les contesto que si no recibo una solución rápida procederé con la OCU. 11 de septiembre: abro una reclamación en OCU 15 de septiembre: me confirman que me van a cambiar el producto y necesitan también una foto de la etiqueta, que envío el mismo día preguntando cómo se va a realizar el cambio. Desde entonces no he vuelto a tener noticias de ellos. simplemente para vuestra información he seguido usando las zapatillas ya que no puedo economicamente comprarme otras y no tenía otra opción para entrenar ni iba a estar 2 meses sin entrenar. A parte del cambio de producto, hay alguna forma de reclamarles daños y perjuicios? Adjunto la hoja de reclamación y a continuación les remito los correos que me he intercambiado con ellos. un saludo El 18 de octubre de 2017, 12:18, OCU - ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS escribió: Número de expediente: 104793861-10 Estimado socio: Nos ponemos en contacto con usted en referencia a su correo, le hemos llamado para comentar el mismo pero no hemos podido contactar con usted. Desde OCU podemos ofrecerle nuestro servicio de mediación, para reclamar a la empresa que cumpla con su obligación. Si desea que mediemos debe enviarnos la factura de compra, los correos de reclamación y las respuestas de la empresa, si las hay, y una autorización para mediar, con sus datos y su firma (le adjuntamos un modelo). Quedando a su entera disposición, reciba un cordial saludo. ASESORIA OCU click en el siguiente enlace: na2.se.voxco.com/se/?st=6M9NIk9SWq8HyzjlFgxF4W8jaSnOeP%2f%2fnYmzdePx9%2bhpUU96hYFfCA%3d%3dandurlimport=1andquestlist=SESSIONIDandSESSIONID =10654968 De: Enviado el: martes, 03 de octubre de 2017 15:13 Para: "CC_Complain_Area@ocu.org" Asunto: CPTES00241188-46 ES1DANIELETROTTA3863046TrueAPODACA, 3 - 5 - CENTRO28004MADRID910291331dannytrotta@gmail.comProducto defectuosoConsumerEl 27 de julio recibí una zapatillas reebok nano7 de crossfit, tras el uso de las zapatillas por 6 veces en el interior de un box noté que la suela en el tacón se está despegando. Empecé a contactar con la empresa online desde el 9 de agosto y a día de hoy no he recibido solución a la incidencia. CPTES00241188-46Online40,0000DeporvillageTrueS.1.1.9 -- Daniele Trotta

Deporvillage

A: D. T.

18/11/2017

Número de expediente: 104793861-10Estimado Sr.Trotta:Acusamos recibo de los emails que nos remite don la documentacion adjunta necesaria para iniciar la mediacion y, una vez estudiado el tema, le indicamos que con esta fecha hemos procedido a iniciar los trámites oportunos para esclarecer los hechos con la empresa reclamada iniciando la mediación solicitada.Le informamos que el servicio de mediación de nuestra Asesoría Jurídica tiene por objeto buscar soluciones a los problemas de nuestros socios, escuchando la versión de ambas partes y apuntando los fundamentos legales que amparan las pretensiones de nuestros socios, sin que, dado el carácter de asociación privada de la Organización, tengamos potestad sancionadora, inspectora o coercitiva hacia los empresarios. Asimismo, le indicamos que nuestra actuación se desarrolla en vía extrajudicial, quedando excluidas las actuaciones ante los Tribunales de Justicia.Si no recibiéramos respuesta por parte de la empresa reclamada transcurridos 30 días desde la presente, realizaríamos un nuevo intento de mediación. Por ello si no recibiese respuesta alguna por nuestra parte o por parte de la empresa en este plazo le rogamos vuelva a ponerse en contacto con nosotros, comunicándonos este hecho e indicando la referencia de su expediente.Sin otro particular, quedamos a su disposición y aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.Atentamente,Asesoría de OCUC/ Albarracín, 2128037 MADRID

Deporvillage

A: D. T.

22/12/2017

Número de expediente: 104793861-10Estimado Sr. Trotta:Contactamos nuevamente con Vd. a fin de comunicarle que al no haber obtenido respuesta alguna por parte de la empresa reclamada hemos procedido en el día de hoy a enviarles nuevamente su reclamación. Transcurridos 20 días sin recibir respuesta por parte de la misma daremos por cerrado el expediente y le indicaríamos las vías alternativas de reclamación de las que dispone. Por ello si no recibiese respuesta alguna por nuestra parte o por parte de la empresa en este plazo, le rogamos vuelva a ponerse en contacto con nosotros comunicándonos este hecho e indicando la referencia de su expedienteSin otro particular, quedo a la espera y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.Atentamente,Asesoría de OCUC/ Albarracín, 2128037 MADRID

Deporvillage

A: D. T.

09/01/2018

Número de expediente: 104793861-10Estimado Sr. Trotta:No habiendo tenido noticias de la empresa reclamada, le informamos de que, con esta fecha, procedemos a reiterar la reclamación.Tal y como le indicamos en nuestra anterior carta, carecemos de potestad coercitiva y sancionadora que nos permita obligarles a ofrecer una solución, y nuestra experiencia nos indica que continuar con la mediación únicamente produce retrasos en la resolución definitiva del tema.Por ello, le indicamos que, para que no esté pendiente de recibir respuesta, puede continuar su reclamación por alguna de estas vías, sin perjuicio de que, de recibir contestación de la empresa reclamada, procederíamos a remitírsela a la mayor brevedad posible.1.- Junta Arbitral de Consumo(JAC). Se somete la resolución del conflicto a un organismo público que tiene capacidad de dictar resoluciones cuya fuerza es vinculante para las partes que voluntariamente se han sometido a ella. Se puede hacer a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Organismo público que tiene capacidad sancionadora, por lo que puede llegar a sancionar a la empresa si considera que ha existido algún incumplimiento por parte de la misma. (El consumidor no recibe indemnización por los posibles daños causados, por ese motivo le remitimos a la JAC, donde si se puede efectuar una petición concreta)2.- Tribunales ordinarios de justicia: si su reclamación no excede de 2.000.-Eur sería un Juicio Verbal para el que no precisa abogado ni procurador, superando dicha cantidad tendría que ser asistido por éstos profesionales.La vía arbitral excluye la judicial si la empresa se persona y se dicta aludo arbitral, puesto que éste tiene la misma fuerza vinculante que las sentencias. (Si la empresa no acude, siempre podrá ir a la vía judicial)La vía judicial excluye siempre la arbitral.Sin otro particular, reciba un cordial saludo,.ASESORIA JURaDICA OCU.Asesoría de OCUC/ Albarracín, 2128037 MADRID

Deporvillage

A: D. T.

17/01/2018

muchas gracias!con la información que me habéis proporcionado he contactado con la empresa y han procedido a la devolución del importe total.ahora me piden una foto con las lenguetas de los zapatos cortada, estoy obligado a enviarsela?gracias El 9 de enero de 2018, 13:07, OCU - ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS asesorianoreply@ocu.org escribió:Número de expediente: 104793861-10Estimado Sr. Trotta:No habiendo tenido noticias de la empresa reclamada, le informamos de que, con esta fecha, procedemos a reiterar la reclamación.Tal y como le indicamos en nuestra anterior carta, carecemos de potestad coercitiva y sancionadora que nos permita obligarles a ofrecer una solución, y nuestra experiencia nos indica que continuar con la mediación únicamente produce retrasos en la resolución definitiva del tema.Por ello, le indicamos que, para que no esté pendiente de recibir respuesta, puede continuar su reclamación por alguna de estas vías, sin perjuicio de que, de recibir contestación de la empresa reclamada, procederíamos a remitírsela a la mayor brevedad posible.1.- Junta Arbitral de Consumo(JAC). Se somete la resolución del conflicto a un organismo público que tiene capacidad de dictar resoluciones cuya fuerza es vinculante para las partes que voluntariamente se han sometido a ella. Se puede hacer a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Organismo público que tiene capacidad sancionadora, por lo que puede llegar a sancionar a la empresa si considera que ha existido algún incumplimiento por parte de la misma. (El consumidor no recibe indemnización por los posibles daños causados, por ese motivo le remitimos a la JAC, donde si se puede efectuar una petición concreta)2.- Tribunales ordinarios de justicia: si su reclamación no excede de 2.000.-Eur sería un Juicio Verbal para el que no precisa abogado ni procurador, superando dicha cantidad tendría que ser asistido por éstos profesionales.La vía arbitral excluye la judicial si la empresa se persona y se dicta aludo arbitral, puesto que éste tiene la misma fuerza vinculante que las sentencias. (Si la empresa no acude, siempre podrá ir a la vía judicial)La vía judicial excluye siempre la arbitral.Sin otro particular, reciba un cordial saludo,.ASESORIA JURaDICA OCU.Asesoría de OCUC/ Albarracín, 2128037 MADRID-- Daniele Trotta


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Llámanos

Consulta nuestros horarios de atención aquí

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma