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Problema importe seguro

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Problemas en el pago

Tu reclamación

H. I.

A: AXA Seguros

04/01/2025

Tomador: Héctor Isidoro Martín Nº Póliza: 48791690 Modalidad: Tercero ampliado Fecha inicio: 22/01/25 Revisando la app AXA veo que la póliza pasa de un importe de 366,35€ (importe año anterior ) a 719,14€ ( empezará el 22/01/25) Dicho aumento, además de estar injustificado, no se me ha notificado por ningún medio admitido en derecho. Según las exigencias establecidas en los artículos 5 y 22.3 de la Ley de Contrato de Seguro: “El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro”. Este aumento de la prima se trata de una verdadera novación modificativa que afecta a un elemento contractual esencial, y que en ningún caso puede ser establecido de forma unilateral por la aseguradora sin que se me haya notificado con dos meses de antelación, y sin mi aceptación. Debido a este incumplimiento por parte de la aseguradora, y ajustándome a derecho, SOLICITO el ajuste pertinente respecto a la prima del año pasado. Aunque se me haya notificado por la App, no estoy de acuerdo con la misma y no lo acepto como tomador del seguro. A la espera de su respuesta Héctor

Mensajes (2)

AXA Seguros

A: H. I.

08/01/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciado/a Sr/Sra. Le trasladamos la información sobre la reclamación que planteó al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros, donde nos comentaba su disconformidad en la actuación de la compañía, relacionada con su póliza y/o siniestro: Nº póliza: 48791690 Nº siniestro: Nº referencia: 03870753 Fecha de presentación: 4/01/2025 12:00 A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de Marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de pruebas que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto que plantea, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada oportunamente y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Teléfono 952 24 99 82 En ese caso, puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la web pública de la DGSFP. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. ref:!00D580avYq.!500Sj0DRumc:ref

AXA Seguros

A: H. I.

08/01/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciados Srs., Nos referimos a la reclamación que nos tenía planteada a través de su escrito recibido en este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, en nombre de nuestro asegurado, a través de la cual nos manifiesta su disconformidad con la actuación de la Compañía a consecuencia de la subida de prima, solicitando por ello le mantengan la prima correspondiente a la anualidad anterior. Tras realizar las comprobaciones correspondientes hemos podido verificar que la Póliza vencía el pasado 22/01/2025. De acuerdo con la documentación obrante en el expediente, hemos podido comprobar que la compañía puso a su disposición en su espacio privado de la Web Cliente el aviso de renovación de la Póliza el pasado 19/11/2024.Adjunto le trasladamos copia de dicho escrito. Por tanto, llegado el vencimiento de la Póliza, el pasado 22/01/2025,y siendo la póliza anual renovable, la compañía procedió a su renovación automática procediendo al cobro del importe de prima. De acuerdo con las condiciones de la póliza suscrita, a través de la Cláusula Información sobre las comunicaciones electrónicas se esce que: La Entidad Aseguradora podrá poner a disposición del tomador en su espacio privado de la Web Cliente, la documentación contractual e informaciones periódicas en soporte duradero, sin perjuicio de que en cualquier momento de la relación contractual el tomador pueda solicitar dicha información en soporte papel a la Entidad Aseguradora. La Entidad Aseguradora podrá dirigirse al tomador por medios de comunicación electrónicos tales como el correo electrónico, teléfono móvil, web privada de clientes, etc. para la recepción de aquellas comunicaciones y notificaciones relativas a la gestión e información del presente contrato como es el caso de los avisos de renovación de las próximas anualidades, así como cualquier otra modificación sobre su póliza, información periódica, etc. sin perjuicio de que en cualquier momento de la relación contractual el tomador pueda solicitar esta información en soporte papel a la Entidad Aseguradora. Por ello, desde este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones lamentamos informar que la actuación de la compañía ha sido correcta y conforme a póliza, por lo que no procede mantener el importe de prima correspondiente a la anualidad anterior, tal y como nos solicitaba. Finalmente le informamos de que en caso de no estar de acuerdo con nuestra decisión y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DEPENSIONES, que se encuentra situado en: Calle Paseo de la Castellana,44;28046 Madrid Tf. 952 2499 82. A estos efectos le comunicamos que puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la Web Pública de la DGSFP :www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx Atentamente, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. --------------- Mensaje original --------------- De: [reclamar@ocu.org] Enviado: 4/01/2025 13:15 Para: centro.reclamaciones@axa.es Asunto: [EXTERNAL] Problema importe seguro ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ ref:!00D580avYq.!500Sj0DRumc:ref


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