Buenos días y, a quien corresponda;
En relación con la reclamación publicada en esta plataforma contra EstudiaDeporte.com, solicito formalmente su rectificación, actualización o eliminación, al haber recaído sentencia judicial firme que desmiente parcialmente y matiza de forma sustancial el contenido actualmente publicado (enlace:s:www.ocu.org/reclamar/lista-reclamaciones-publicasrecio-abusivo/CPTES01887444-18)
Mediante Sentencia nº 514/2025 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Oviedo, dictada en el procedimiento de Juicio Verbal 774/2025, se declara expresamente que:
Sí existió prestación de servicio, quedando acreditado que el demandante fue atendido desde el inicio, con múltiples comunicaciones, orientación e interlocuciones, por lo que las quejas sobre inexistencia de servicio carecen de fundamento, tal y como recoge literalmente la resolución judicial.
No se declara la existencia de precio abusivo, ni engaño, ni incumplimiento del servicio. La pretensión principal del demandante (devolución de 544,05 €) es rechazada.
El objeto de la contratación fue un pack de servicios que fue efectivamente prestado, si bien sin un desglose individualizado de su precio.Por ello, la condena se limita a la cantidad de 250 €, exclusivamente por una falta de claridad en el desglose previo de los conceptos que integraban el servicio contratado, y no por inexistencia del servicio, mala fe, ocultación deliberada ni precio abusivo.
El propio juzgado
no impone costas a ninguna de las partes, lo que refuerza que no se aprecia una conducta gravemente reprochable ni abusiva.En consecuencia, el contenido actualmente publicado en esta plataforma:
Afirma que “no hubo servicio alguno”, lo cual
no es cierto según sentencia.
Sostiene que “los 544,05 € no se sabe en qué se invirtieron”, extremo
expresamente descartado por el juzgado.
Presenta una imagen de incumplimiento total que
no se corresponde con los hechos probados judicialmente.Por todo ello, y en ejercicio del derecho de rectificación, solicito:
La retirada del contenido actual, o
Su rectificación, incorporando de forma visible y clara el resultado real del procedimiento judicial y el sentido del fallo, así como la eliminación de la referencia a “precio abusivo” contenida en la URL y de cualquier otra expresión valorativa o subjetiva que resulte inexacta, desproporcionada o que no se corresponda con los hechos acreditados judicialmente, y que pueda inducir a error sobre la realidad de lo sucedido.
Mantener la presente reclamación tras existir una resolución judicial supone ofrecer una información inexacta, desproporcionada y descontextualizada, que no refleja la realidad acreditada en sede judicial. Que
Quedo a disposición de OCU para aportar copia íntegra de la sentencia si fuera necesario.
PD: Como única contestación y, si es preciso, pueden añadir: El portal de contratación y/o ejecución del servicio no es el citado, ya que se trata de un directorio de centros y formaciones.En todo caso, mediante sentencia judicial firme (nº 514/2025 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Oviedo), se ha acreditado probadamente que el demandado cumplió íntegramente con la prestación del servicio contratado (acceso a contenidos, orientación personalizada y asistencia en gestiones), sin que exista declaración alguna de precio abusivo, engaño o incumplimiento. Lo único que faltó es el de desglose previo y claro de los conceptos integrantes del pack de servicios, y no por inexistencia o mala fe en la prestación de los mismos.
Quedo a la espera de sus noticias,
Muchas gracias