El día 29/04/2025 contraté un curso ofrecido por RET SINNAL GROUP SLU, financiado mediante un sistema que se me presentó verbalmente como “pago fraccionado”. En ningún momento se me advirtió ni se me explicó claramente que estaba contratando un crédito al consumo con una entidad financiera, ni que ello implicaba una deuda formal con TAE del 42,49 %, comisiones de apertura o penalizaciones por impago.
Durante la captación, además, se me aseguró que si tras aplicar su método durante tres meses no conseguía resultados económicos, podría cancelar el contrato sin penalización. Esta promesa fue clave para mi decisión y me animó a proceder, pero no aparece en el contrato.
Tampoco se me facilitó el contrato antes del cobro de la primera cuota, lo cual supone una falta de transparencia grave y una vulneración del derecho a recibir la documentación contractual antes de asumir un compromiso financiero. La empresa considera que con un simple correo y el primer pago ya se considera “firmado” el contrato, pero no existe firma manuscrita ni firma electrónica cualificada que respalde dicha aceptación. Esto debilita la validez del consentimiento y puede considerarse un vicio en el consentimiento, dado que el acuerdo no fue plenamente informado.
Cuando solicité aclaraciones y copia del contrato, recibí mensajes por WhatsApp desde su “Departamento de Resoluciones” con un tono condescendiente, manipulador y amenazante, con frases como “calma David, sabes perfectamente que te has comprometido” o “solo estás obstaculizando el pago”. Este trato no es profesional ni aceptable y puede considerarse un intento de presión psicológica sobre el consumidor.
Adjunto:
Copia del contrato y del documento INE.
Capturas de pantalla de las conversaciones mantenidas por WhatsApp.
Justificante del primer pago.
SOLICITO:
Que se investigue el caso por posible captación comercial engañosa, vicio en el consentimiento y falta de transparencia en la contratación.
Que se valore la anulación del contrato y mi liberación del del pago de las cuotas restantes.
Que se advierta formalmente a la empresa sobre el trato inapropiado y el uso de presión emocional hacia los consumidores.
Que se suspenda cualquier intento de cobro automático hasta que se resuelva esta reclamación.
Agradezco la atención prestada y quedo a la espera de resolución.