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Pago por equipaje

Resuelta Pública

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Tu reclamación

P. P.

A: RYANAIR

29/05/2023

El pasado martes 23 de Mayo, cuando íbamos a proceder al embarque en el vuelo con esta compañía, nos indicaron que el único bulto que llevábamos como equipaje de mano (una maleta pequeña de dimensiones similares a las de una mochila) debía ser facturada a pesar de ser el único bulto que portaba como equipaje. Tuvimos que proceder al pago de una tasa de casi 50€ en ese momento, sin que nos dieran ningún tipo de justificante ni del peso de la maleta ni de las dimensiones de la misma, salvando la palabra de la azafata que nos indicó que no entraba como equipaje de mano y que no podíamos entrar al avión si no facturábamos la maleta. Por tanto, nos vimos obligados a facturar y a pagar en el momento lo que nos indicaban. Tras consultar la normativa vigente confirmamos que según la Ley de Navegación Aérea 48/1960 (Art. 97) mi equipaje de mano debería haber sido aceptado sin ningún coste adicional, puesto que estaba incluido en el billete.Tras aterrizar nos dirigimos al punto de Ryanair del aeropuerto de destino y solicitamos un justificante del peso y dimensiones de la maleta, para poder adjuntar como prueba a la reclamación, lo cual ambas recepcionistas presentes en ese momento nos negaron. Con el presente escrito, pretendo que se me reembolse el dinero que me hicieron pagar.

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RYANAIR

A: P. P.

31/05/2023

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