Hola,
Os escribimos porque la empresa arrendadora ha retenido nuestra fianza alegando la cláusula 9.5 del contrato de alquiler, relacionada con la devolución retroactiva de las bonificaciones en gastos comunes e IBI. Consideramos que esta actuación es injusta y no se ajusta a la ley.
Según dicha cláusula, si no permanecemos los 7 años completos de contrato, debemos devolver todas las bonificaciones aplicadas desde el inicio. Esta condición funciona en la práctica como una penalización económica encubierta, que además se ha cobrado directamente de nuestra fianza, sin existir rentas pendientes, suministros impagados ni desperfectos.
Recordamos que, según el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el arrendatario puede desistir del contrato una vez pasados 6 meses, pagando como máximo una mensualidad por año restante. Además, el artículo 36 LAU regula claramente para qué puede usarse la fianza, y no permite aplicarla a este tipo de penalizaciones.
También entendemos que esta cláusula puede considerarse abusiva, ya que modifica en perjuicio del inquilino derechos reconocidos por ley (artículo 6 LAU) y establece consecuencias económicas desproporcionadas.
En nuestro caso, la vivienda se entregó correctamente, no existían deudas pendientes y aun así se ha aplicado esta penalización sin explicación clara ni documentación que la justifique.
Por todo ello, solicitamos:
La devolución íntegra de la fianza, o
En su defecto, una justificación legal y contractual detallada que explique por qué aplican esta penalización.
Si no recibimos una respuesta razonada en un plazo breve, presentaremos reclamación ante la OMIC y demás organismos competentes, ya que consideramos que esta práctica podría constituir una retención indebida de la fianza.
Gracias por vuestra atención,