Estimados señores,
He recibido su contestación, la cual considero insuficiente y evasiva respecto a los puntos planteados en mi reclamación. Paso a detallar:
Ustedes se limitan a alegar que “el acceso es anual” sin aportar prueba alguna de que dicha condición estuviera recogida en el momento de la compra. Les exijo que demuestren documentalmente que, en la fecha de adquisición del curso (24 de julio de 2024), figuraba claramente que el acceso tenía una duración limitada a un año. Yo afirmo lo contrario y sostengo que esa condición nunca fue informada ni aceptada expresamente.
Ignoran completamente mis objeciones sobre las siguientes prácticas:
La reventa de material de terceros sin la debida transparencia.
La imposición posterior de un pago adicional (2 € mensuales) para recuperar el acceso.
La restricción injustificada de la comunicación entre alumnos bajo amenaza de expulsión.
El bloqueo personal que sufrí en Telegram tras plantear mis quejas, lo cual constituye una grave falta de respeto y una vulneración de mi derecho básico a recibir atención como cliente.
Les recuerdo que, según el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), los consumidores tienen derecho a:
Recibir información veraz, suficiente y comprensible sobre las condiciones de un servicio (art. 60 y siguientes).
No ser sometidos a cláusulas abusivas o modificaciones unilaterales de contrato sin su consentimiento (art. 82 y siguientes).
Reclamar la devolución del importe o la restitución del servicio en caso de incumplimiento (art. 110 y siguientes).
Asimismo, el artículo 126 del Código Penal contempla como delito la difusión comercial engañosa, cuando induce a error a los consumidores sobre las condiciones de un bien o servicio.
Por todo ello, reitero mis exigencias:
Restablecimiento inmediato del acceso a los contenidos y al grupo de Telegram tal y como se ofreció en el momento de la compra.
Disculpas formales por el trato recibido y por la expulsión arbitraria.
Compromiso expreso de no imponer condiciones adicionales no pactadas en la compra.
Les advierto: si la próxima respuesta no es clara, documentada y satisfactoria, iniciaré las acciones legales oportunas mediante la OCU y, en su caso, los tribunales competentes, por incumplimiento contractual, vulneración de derechos de consumidor y prácticas comerciales engañosas.
Atentamente,