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Incremento desorbitado e injustificado de prima seguro de hogar sin notificación previa

Resuelta Pública

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J. A.

A: SEGUROS SANTA LUCÍA

29/05/2018

Poseo un seguro de Hogar IPlus contratado con la Compañía Santa Lucía. El día 24/04/2018 me cargaron en la cuenta bancaria la renovación del seguro de hogar para la anualidad del 25/04/2018 al 25/04/2019, ascendiendo el importe de la prima a 511,66 euros, cuando el año anterior lo fue de 475,20 euros. Sorprendido por este incremento, leí las condiciones de la póliza, y comprobé que en las condiciones de renovación, tan solo se hace mención expresa a las modificaciones en cada vencimiento, siguiendo las fluctuaciones del Índice de Precios de Consumo.Pese a ello, y sin comunicación previa alguna, observo como el coste de la renovación de la prima de mi seguro de hogar ha ascendido mas de un 7%, cuando el IPC interanual ha subido según la web oficial del INE, tan solo un 1,1 % en febrero de 2018, cifra que según las condiciones generales de la póliza, se debe establecer como Índice de vencimiento, al ser el último publicado por el Instituto Nacional de Estadística, con dos meses de antelación al vencimiento anual de la póliza (abril) Participé mi desacuerdo a la oficina mediadora donde contraté el Seguro de hogar, comunicándome verbalmente que se debía el fuerte incremento de la prima a una alta siniestrabilidad. En ese momento, redacté in-situ una hoja de reclamaciones que desde la misma oficina mediadora tramitaron al Servicio de Atención al Cliente de Santa Lucía, solicitando que siempre se comunique previamente el importe de la renovación de la póliza, y pidiendo la no aplicación de cargos por supuesta alta siniestrabilidad, que ni siquiera aparecen reflejados en las condiciones de la póliza contratada.La respuesta del Servicio de Atención al cliente, al que refieren como Expediente 2018/73942, alude a que no tienen obligación de avisar con anterioridad de la prima a pagar, siempre y cuando la actualización de la póliza se lleve a efecto conforme al articulo 7 del condicionado general, que se refiere a las condiciones de renovación.Leí dicho artículo, y considero que refuerza mi reclamación, dado que yo no he modificado las condiciones de la póliza, y la prima a pagar debería haber sido actualizada con la subida del IPC de febrero de 2018, osea un 1,1 %. En uno de los párrafos de la carta del Servicio de Atención al Cliente, reflejan que el aumento de la prima se debe a la revalorización de los capitales que se produce todas las anualidades según se refleja en el condicionado general, y otras variables, como la siniestrabilidad. Insisto en que ni soy un cliente con alta siniestrabilidad (habría que ver que entiende Santa Lucía por alta siniestrabilidad), ni aparece tal circunstancia reflejada en el articulo 7 de condiciones de renovación.


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