A quien corresponda,
Desde el Dpto. de Profesionales y junto con el Dpto. de Incidencias, el profesional a cargo del proyecto y la gestora asignada se ha estado revisando el expediente al completo con referencia y, en base a esta revisión que se meciona, se procede a dar resolución a las solicitudes a través de este mismo medio.
El proyecto se dio de alta el 28/10/2025 para la realización de un proyecto de Revisión bibliográfica de 50 páginas. Toda la información de contratación y los detalles para el desarrollo del proyecto viene reflejada en la Orden de Trabajo emitida el pasado 29/10/2025.
La garantía que la empresa ofrece y que ha puesto en todo momento a disposición del cliente es la de aplicar correcciones. Estas condiciones son las que se indican en las condiciones de contratación:
LA EMPRESA se compromete a realizar una corrección por cada entrega realizada, siempre que esta se ajuste a los requerimientos dados al inicio de cada una entrega. La corrección será entregada en un plazo mínimo de 4 días hábiles.
Además, recogen lo siguiente:
De los trabajos encargados por EL CLIENTE, este no podrá proceder a la devolución de los mismos, pero podrá manifestar su no conformidad a través de los distintos medios de comunicación ofrecidos por la empresa a tal efecto, lo que abrirá automáticamente una incidencia que será atendida por el Departamento de Calidad de LA EMPRESA con el fin de corregir o subsanar posibles errores o incumplimientos de lo estipulado en el pedido, aclarar y reencauzar posibles malentendidos acerca del servicio o asignar el trabajo a otro redactor mejor cualificado, si el anterior no se adecuase a los criterios de calidad de LA EMPRESA.
Estas mismas condiciones se entiende que son revisadas antes de confirmar la contratación puesto que, como en cualquier comercio, son aceptadas automáticamente desde el momento en el que se solicita información para el desarrollo de la actividad.
Informar que, tal y como está publicado en la política de consumo de la Generalitat Valenciana, comunidad en la que está ubicada la sede física de la empresa, para los comercios online no hay obligación a disponer de hojas de reclamaciones, si, un medio de reclamación. Se deja el apartado que aparece literal en el siguiente link para su comprobación y el párrafo mencionado:
s:www.gva.es/es/iniciorocedimientos?id_proc=2738id_caso=a_quien
TIENDA ON LINEE-COMMERCE
No es necesario que las tiendas on line dispongan de un modelo de hoja de reclamaciones, pero sí se requiere que tengan un procedimiento de resolución de las reclamaciones con un correo electrónico de la empresa.
La empresa cuenta con vías oficiales escidas para la atención de cada caso, como es el departamento de incidencias, encargado de gestionar y resolver cualquier situación relacionada con este tipo de solicitudes, cumpliendo así, con lo indicado en la legislación y dando respuesta a la reclamación realizada por el cliente.
Para finalizar, aprovechamos para informar de que, cualquier respuesta o solicitud nos la puede hacer llegar a través de esta misma vía con el fin de comprobar cualquier incidencia surgida.
Un saludo.
Coordinación Dpto. Incidencias Tesis y Másters.
El 27/01/2026 11:00 CET reclamar@ocu.org escribió: