El pasado 26/04/2021 se le realizó la entrega a mi padre por parte de Amplifon Ibérica, S.A. de unos audífonos en periodo de prueba de 30 días que al finalizar este periodo tendría la oportunidad de devolverlos o quedárselos abonando el valor de los mismos. En la misma entrega se le da un documento para realizar un ingreso mediante transferencia del valor de los mismos a realizar antes del 30/04/2021 (5 días de plazo). El día 27/04/2021 (un día después de la entrega) Amplifon realiza una llamada telefónica reclamando el ingreso del importe de los audífonos y mi padre realiza la transferencia ese mismo día.A los nuevos audífonos se les instala los moldes de auricular de los audífonos que ya utilizaba y que Amplifon había determinado que no se podían reparar. A la espera de los nuevos moldes, mi padre ingresa en el hospital y no puede recoger los moldes hasta el día 19/05/2021. Antes y después de poner los nuevos moldes, uno de los nuevos audífonos emitía un pitido audible por las personas que le rodean y que era muy molesto para mantener una conversación con quienes en ese momento luchaban por salvarle la vida en el hospital.Antes de la sustitución de los moldes, pensábamos que se solucionaría con los nuevos moldes, pero no fue así. Como mi padre no se podía desplazar a ningún centro GAES, yo mismo sustituyo los moldes nuevos a los audífonos antiguos. Dejando sin uso los nuevos audífonos y falleciendo sin poder realizar la devolución de los mismos durante el periodo de prueba.Es por eso que acudimos al centro GAES donde se realizó la compra y nos comunican que por fallecimiento no se puede realizar la devolución, pese a que el producto NO ha sido plenamente satisfactorio para el cliente.Solicito poder realizar la devolución de los audífonos, teniendo en cuenta que el cliente no ha podido reclamar la devolución de los audífonos en el tiempo estipulado en el contrato de prueba. Teniendo presente que en el contrato de prueba se ofrecía un periodo gratuito de prueba de 30 días, pero que el cliente abonó el valor de los audífonos mediante transferencia al día siguiente de la entrega de los audífonos. Asimismo en el contrato de prueba no incluye que por fallecimiento del cliente no se pueda realizar la devolución, cosa que si aparece en el contrato de venta.