Buenas tardes,
Realizamos dos pedido, con número 154836 y 164136, hace más de dos meses, concretamente el 15 de junio, eran 12 camisetas con dos diseños diferentes que iban a ser entregadas como muy tarde el 19 de julio.
Nosotros con mucha paciencia y comprensión aceptamos el retraso, indicando que el último día que podíamos tolerar de retraso era el 30 de julio, ya que la finalidad de las camisetas era un evento el 1 de agosto. Nos indicasteis que lo enviabais con carácter urgente para que llegasen. Se acercó la fecha y volvimos a escribiros indicando que las necesitabamos para dicho momento, que podíamos aceptarlas el 31 de julio cambiando, solo para ese día, la dirección de entrega, a lo que aceptasteis. A día de hoy, 23 de agosto, no tenemos noticias del pedido y existe falta de comunicación por parte de vuestra empresa y, como todo en esta vida, nuestra paciencia tiene un límite y ya se ha superado.
Resolvemos por tanto el contrato celebrado en fecha 15 de junio de 2025, acogiéndonos a la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (artículo 66 bis), ya que no tenemos actualmente la necesidad de comprar dichas camisetas debido a las demoras de la empresa. No tenemos la obligación como clientes de aguantar la falta de profesionalidad y compromiso de la empresa. Esperamos en este sentido el pronto reembolso de las cantidades pagadas, en total 303.45 euros.
Un saludo