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Denegación de embarque por sobreventa de plazas

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Denegación de embarque

Tu reclamación

E. S.

A: RYANAIR

12/06/2025

Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal frente a Ryanair por los perjuicios sufridos a causa de dos denegaciones de embarque consecutivas los días 3 y 4 de mayo de 2025, en vuelos Lanzarote–Madrid. Detalles del caso: - El 3 de mayo se me denegó el embarque por overbooking. Ryanair reconoció la compensación de 400 € y ofreció reembolso de gastos. - El 4 de mayo, al intentar volar en el vuelo alternativo, me volvieron a denegar el embarque, de nuevo por overbooking. También se me indicó que me corresponderían otros 400 €. - No he podido tramitar esta segunda compensación porque Ryanair considera que, al ser la misma reserva, solo me corresponde una. - Finalmente, el 6 de mayo pude regresar a Madrid, incurriendo en la pérdida de dos días laborales, que mi empresa me ha obligado a coger como vacaciones. Además, la atención por parte de Ryanair ha sido inaceptable: - Cada agente del chat me da una información distinta y se desconectan sin solución. - He llamado a los teléfonos disponibles en la web, pero un sistema automatizado me impide hablar con una persona y me remite a la web sin opciones válidas. Solicito: 1. El pago inmediato de los 400 € pendientes por la segunda denegación de embarque. 2. Una compensación adicional por el perjuicio sufrido, incluyendo: - 2 días de vacaciones obligadas por causas ajenas a mi voluntad. - El daño moral derivado de la desinformación, el estrés y el doble overbooking. Además de lo que supone para el trabajador faltar a su puesto de trabajo y tener un problema por ello con la empresa. En caso de negativa, me reservo el derecho a presentar demanda judicial por incumplimiento del Reglamento (CE) 261/2004 y por daños y perjuicios conforme al Código Civil español. Adjunto la documentación acreditativa disponible (reserva, tarjetas de embarque, capturas de pantalla, justificante laboral). Quedo a la espera de una resolución en un plazo no superior a 30 días naturales. En caso contrario, elevaré la queja a AESA y, si es necesario, a la vía judicial.

Mensajes (2)

RYANAIR

A: E. S.

25/08/2025

Your request (64296693) has been updated. To add additional comments, reply to this email. Ryanair Ref: 64296693/ORZRYZ Ref: Estimado/a señor/a: Nos referimos a su reciente correspondencia en nombre de Elena Solis. En relación con el vuelo FR2018 de ACE a MAD del día 4 de Junio, 2025, lamentamos cualquier inconveniente ocasionado. Deseamos confirmar que se ha autorizado una transferencia bancaria por un importe de 400 EUR por parte de Ryanair, en concepto de compensación monetaria conforme al Reglamento (CE) n.º 261/2004, como solución completa y definitiva de esta reclamación. Para poder procesar el pago, le rogamos que nos proporcione los siguientes datos bancarios: Nombre del titular de la cuenta: Nombre del banco: Código SWIFT/BIC: Número IBAN: Tenga en cuenta que, según la UE 261/2004, Ryanair no está obligada a pagar bebidas alcohólicas, artículos de tocador, medicamentos, gastos pagados por adelantado, ninguna pérdida de ingresos ni gastos incurridos después de la llegada al destino. Esperamos que la información anterior le haya sido de utilidad. Si tiene cualquier otra consulta, no dude en contactarnos. Atentamente, ____________________________ Jimmy C. Regulator Admin Support Specialist E-MAIL DISCLAIMER This e-mail and any files and attachments transmitted with it are confidential and may be legally privileged. They are intended solely for the use of the intended recipient. Any views and opinions expressed are those of the individual author/sender and are not necessarily shared or endorsed by Ryanair Holdings plc or any associated or related company. In particular e-mail transmissions are not binding for the purposes of forming a contract to sell airline seats, directly or via promotions, and do not form a contractual obligation of any type. Such contracts can only be formed in writing by post or fax, duly signed by a senior company executive, subject to approval by the Board of Directors. The content of this e-mail or any file or attachment transmitted with it may have been changed or altered without the consent of the author. If you are not the intended recipient of this e-mail, you are hereby notified that any review, dissemination, disclosure, alteration, printing, circulation or transmission of, or any action taken or omitted in reliance on this e-mail or any file or attachment transmitted with it is prohibited and may be unlawful. If you have received this e-mail in error please notify Ryanair Holdings plc by contacting Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair DAC. (Company No. 104547). Registered in the Republic Of Ireland. Airside Business Park, Swords, Co Dublin, Ireland. trigger_logic_for_ryanair Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair D.A.C. (Company No. 104547). Registered in the Republic of Ireland. With registered address Airside Business Park, Swords, Co. Dublin, Ireland. [9E5L2L-G4E7R]

E. S.

A: RYANAIR

25/08/2025

Buenas tardes, muchas gracias por su respuesta. Dejo aquí mis datos. Nombre del titular de la cuenta: Elena Solís Fernández Nombre del banco: Caixa Bank Código SWIFT/BIC: CAIXESBBXXX Número IBAN: ES31 2100 1877 1401 0017 0018 Muchas gracias.

Asistencia solicitada 17 septiembre 2025

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