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Cobro de maleta injusto

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

S. A.

A: RYANAIR

14/08/2025

A la atención de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU): Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación contra Ryanair DAC por un cobro abusivo y sin justificación en el vuelo Madrid – Alghero del 14 de agosto de 2025, con salida prevista a las 13:20. Dicha operación sufrió además una hora de retraso, lo que agravó las molestias causadas. Hechos: En el momento de la compra del billete, contraté a través de la app oficial de Ryanair el servicio de equipaje de 10 kg por un importe adicional de 20 €, bajo la clara intención de que fuera equipaje de cabina y sin ninguna indicación contraria específica. Al presentarme en el mostrador del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, el personal me informó que debía haberlo facturado previamente y que, por ello, me imponían una penalización adicional de 50 €, que aboné sin tener otra alternativa. Tras el pago, el equipaje fue inmediatamente enviado a bodega, lo que evidencia que, en ningún momento, el personal proporcionó un servicio diferente al ya contratado ni justificó este nuevo cobro. Considero este cargo adicional como un suplemento abusivo y sin base, ya que Ryanair ya había sido denunciada por prácticas similares. Contexto legal y precedentes recientes: En noviembre de 2024, el Ministerio de Consumo impuso una multa de 179 millones de euros a cinco aerolíneas low-cost —entre ellas Ryanair— por prácticas abusivas, como el cobro por equipaje de mano y otros servicios básicos. De esa cantidad, Ryanair fue la más sancionada con 107,7 millones de euros. Aunque esta sanción fue suspendida cautelarmente en junio de 2025 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), mientras se tramitan los recursos, el hecho confirma que el Ministerio de Consumo identificó prácticas conflictivas con la legislación de consumidores. En casos individuales, un juzgado de Salamanca falló en mayo de 2025 a favor de un viajero, obligando a Ryanair a devolver 147 € correspondientes a recargos por equipaje de mano, al considerar este artículo “indispensable del transporte aéreo” y por tanto no sujeto a pago extra si cumple dimensiones razonables. Asimismo, en abril de 2025, otro tribunal de Valladolid ordenó a Ryanair reembolsar 44,90 € a un pasajero, reconociendo que el equipaje de mano no puede considerarse un servicio adicional sino esencial. Reclamación: Por todo lo expuesto, solicito el reembolso íntegro de los 50 € cobrados de forma abusiva en el mostrador. También solicito que la OCU ejerza su función de defensa del consumidor y promueva la protección frente a cobros indebidos por parte de aerolíneas. La aerolínea lleva a cabo prácticas abusivas desde hace mucho tiempo y el consumidor no está protegido de ninguna manera. Quedo a la espera de su orientación y acciones para que se reconozcan mis derechos como consumidor. Atentamente,

Mensajes (1)

RYANAIR

A: S. A.

18/09/2025

Your request (66975900) has been updated. To add additional comments, reply to this email. Ryanair ref: 66975900/YTIC5G - CO REF: Estimado/a señor/señora: Nos referimos a la reclamación en nombre de Sandra Achaerandio Carrasco. Le informamos que nuestra política de equipaje se rige por nuestrosTérminos y Condiciones Generales de Transporte, aceptados por el pasajero al comprar el billete, según el siguiente extracto: 8.3EQUIPAJE DE MANO Y NO FACTURADO 8.3.1Puedes llevar a bordo una bolsa pequeña de mano de hasta 40x20x25cm (excepto para los bebés que viajen en el regazo de sus padres).Haz clic aquí para consultar la Normativa sobre el equipaje de mano. 8.3.2Si has adquirido Prioridad 2 Piezas de Equipaje de Mano, incluidos billetes Regular y Flexi Plus (o billetes Plus adquiridos antes del 11 de diciembre del 2019), puedes llevar a bordo una bolsa pequeña de mano y una pieza grande de equipaje de mano, de hasta 10kg con unas dimensiones máximas de 55x40x20cm, a no ser que por motivos operativos tengamos que colocar la pieza grande de equipaje de mano en la bodega. 8.3.3Si has adquirido la facturación de equipaje de 10 kg, puedes llevar a bordo del avión tu maleta gratis; sin embargo, la pieza de equipaje facturado de 10 kg debe entregarse en el mostrador de facturación de equipaje antes de pasar por el control de seguridad. Al llegar a tu destino podrás recoger la pieza de equipaje en la cinta de equipaje. Se aplicará, en consecuencia, la Normativa sobre el equipaje facturado.Haz clic aquípara consultar nuestra Tabla de cargos. 8.3.4El equipaje adicional o que supere las medidas permitidas será rechazado en la puerta de embarque o, en caso de que sea posible, se colocará en la bodega del avión abonando la correspondiente tasa escida ennuestra normativa. A los pasajeros se les pedirá que dejen su equipaje en las escaleras del avión, en el carrito de equipaje de la puerta de embarque o allí donde se lo indiquen los agentes de Ryanair para guardarlo en la bodega. Ryanair no se hace responsable del equipaje que exceda el peso y las medidas permitidas y que, en consecuencia, debas dejar en la puerta de embarque. 8.3.5Tu bolsa con compras libres de impuestos puede transportarse en la cabina junto con tu equipaje de mano. De acuerdo a lo anterior, confirmamos que el pasajero compró una maleta de 10 kg a facturar y se presentó en la puerta de embarque con la misma, por lo que no la facturó. Deseamos confirmar que la tarifa se cobró correctamente. Esperamos haberle sido de ayuda. Atentamente, ____________________________ Jimmy C. Regulator Admin Support Specialist E-MAIL DISCLAIMER This e-mail and any files and attachments transmitted with it are confidential and may be legally privileged. They are intended solely for the use of the intended recipient. Any views and opinions expressed are those of the individual author/sender and are not necessarily shared or endorsed by Ryanair Holdings plc or any associated or related company. In particular e-mail transmissions are not binding for the purposes of forming a contract to sell airline seats, directly or via promotions, and do not form a contractual obligation of any type. Such contracts can only be formed in writing by post or fax, duly signed by a senior company executive, subject to approval by the Board of Directors. The content of this e-mail or any file or attachment transmitted with it may have been changed or altered without the consent of the author. If you are not the intended recipient of this e-mail, you are hereby notified that any review, dissemination, disclosure, alteration, printing, circulation or transmission of, or any action taken or omitted in reliance on this e-mail or any file or attachment transmitted with it is prohibited and may be unlawful. If you have received this e-mail in error please notify Ryanair Holdings plc by contacting Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair DAC. (Company No. 104547). Registered in the Republic Of Ireland. Airside Business Park, Swords, Co Dublin, Ireland. trigger_logic_for_ryanair Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair D.A.C. (Company No. 104547). Registered in the Republic of Ireland. With registered address Airside Business Park, Swords, Co. Dublin, Ireland. [WNZK2Y-36GL2]


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