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Baja no procesada e Incremento no notificado

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Bajas

Tu reclamación

R. Z.

A: AXA Seguros

30/01/2025

Estimados/as señores/as: Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad comunicándoles, que he informado en reiteradas veces al corredor WTW mi decisión de no renovar la poliza Nº 91652782, de la que soy titular. Y ello porque no se me han comunicado las nuevas condiciones y se ha me ha cobrado directamente el recibo con un 13% de incremento el dia 2 de enero de 2025. Luego de pedir justificación y por las continuas demoras he decidido dar de baja la poliza. El corredor indica que Axa no ha confirmado la baja, que fue solicitada con fecha 31.12.2024. Siendo 30 de Enero no puedo continuar esperando y quedar sin cobertura por lo que he dado de alta un nuevo Seguro medico con Sanitas. Adjunto recibo del mes de Enero y los correos electronicos con el corredor donde informo del problema y el pedido de baja que aun no tiene respuesta (primer contacto 3 de Enero de 2025). SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique la no renovación del contrato y la devolución del importe pagado en el mes de Enero de 2025 (EUR 93.88) Sin otro particular, atentamente. Romina

Mensajes (2)

AXA Seguros

A: R. Z.

31/01/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciado/a Sr/Sra. Le trasladamos la información sobre la reclamación que planteó al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros, donde nos comentaba su disconformidad en la actuación de la compañía, relacionada con su póliza y/o siniestro: Nº póliza: 91652782 Nº siniestro: Nº referencia: 04075656 Fecha de presentación: A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de Marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de pruebas que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto que plantea, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada oportunamente y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Teléfono 952 24 99 82 En ese caso, puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la web pública de la DGSFP. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. ref:!00D580avYq.!500Sj0EChsP:ref

AXA Seguros

A: R. Z.

04/02/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciados Srs., Nos referimos a la reclamación que nos tenía planteada a través de su escrito recibido en este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, en nombre de nuestro asegurado, a través de la cual nos manifiesta su disconformidad con la actuación de la Compañía por su negativa a anular la póliza con fecha efectos 01/01/2025, indicando además no haber recibido el aviso de renovación. Tras realizar las comprobaciones correspondientes hemos podido verificar que la Póliza vencía el pasado 01/01/2025, no constando, salvo error por nuestra parte, comunicación en plazo solicitando la anulación de acuerdo con el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro. De acuerdo con la documentación obrante en el expediente, hemos podido comprobar que la compañía le remitió por correo certificadoel aviso de renovación de la Póliza el pasado 28/10/2024. Adjunto le trasladamos copia de dicho escrito. Por tanto, llegado el vencimiento de la Póliza, el pasado 01/01/2025,y siendo la póliza anual renovable, la compañía procedió a su renovación automática procediendo al cobro del importe de prima. Por ello, desde este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones lamentamos informarle que la actuación de la compañía ha sido correcta y conforme a póliza, por lo que no procede la anulación de la póliza que nos solicita ni la devolución del recibo que nos reclama. Finalmente le informamos de que en caso de no estar de acuerdo con nuestra decisión y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DEPENSIONES, que se encuentra situado en: Calle Paseo de la Castellana,44;28046 Madrid Tf. 952 2499 82. A estos efectos le comunicamos que puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la Web Pública de la DGSFP :www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx Atentamente, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. --------------- Mensaje original --------------- De: [reclamar@ocu.org] Enviado: 30/01/2025 16:45 Para: centro.reclamaciones@axa.es Asunto: [EXTERNAL] Baja no procesada e Incremento no notificado ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ ref:!00D580avYq.!500Sj0EChsP:ref


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