En fecha 15/12/2024, suscribimos un acuerdo de reserva de una vivienda en la promoción Vents de Moncada con la promotora Safadi Group, entregando para ello la cantidad de 6.000 € en concepto de señal.
Durante más de un año, la promotora nos ha venido informando de forma reiterada sobre supuestos retrasos derivados de problemas con la licencia de obra, sin aportar en ningún momento documentación acreditativa ni una previsión clara de resolución.
Transcurrido dicho periodo, la promotora se pone en contacto con nosotros para comunicarnos que el precio inicialmente pactado debe incrementarse en un 10 %, lo que supone un sobrecoste superior a 30.000 €, condicionando la continuidad del contrato a la aceptación de esta subida.
Resulta especialmente relevante señalar que, según la información facilitada por la propia promotora, esta situación afecta a un total aproximado de 160 viviendas, lo que implica que la empresa ha dispuesto durante este tiempo de una cantidad superior al millón de euros procedente de las reservas de los compradores, fondos que previsiblemente han sido utilizados para fines propios (financiación, avales, inversiones u otros), mientras que los compradores hemos mantenido dicho dinero inmovilizado.
Además del perjuicio económico directo, esta situación nos ha generado una incertidumbre prolongada con consecuencias reales y verificables: en mi caso concreto, he descartado otras oportunidades de compra y he mantenido mis ahorros sin invertir a largo plazo para poder disponer de liquidez ante la falta de una fecha clara de inicio de los pagos asociados a esta promoción.
La única alternativa que la promotora nos ofrece tras este largo periodo de espera es aceptar el incremento de precio o la devolución de los 6.000 €, sin compensación alguna por el tiempo transcurrido ni por los perjuicios ocasionados.
Por todo lo anterior, solicitamos que se requiera a la promotora para que facilite información clara y verificable sobre:
1.- Las causas concretas y objetivas que justifican el incremento del precio (tales como modificaciones del proyecto por decisión del Arquitecto Director, cambios normativos, afecciones municipales, incrementos acreditados de costes de materiales o mano de obra, u otras circunstancias).
2.- La documentación justificativa de dichas causas, incluyendo informes técnicos, resoluciones administrativas y referencias a la normativa aplicable.
3.- El impacto exacto de esta situación en el calendario de pagos recogido en la cláusula quinta del documento de reserva.
Consideramos que la actuación de la promotora carece de la transparencia y diligencia exigibles en este tipo de operaciones y entendemos que resulta de interés general advertir a otros consumidores para que actúen con la máxima precaución ante prácticas similares.