¿Blindarte frente al despido? #NoCuela

El despido siempre es posible
Sí. Una empresa siempre puede despedir a sus trabajadores, aunque a veces sus posibilidades de despedir estén condicionadas. Es decir, que, en ocasiones, para poder despedir, la empresa tendrá que cumplir algunas condiciones que a lo mejor no le apetecen mucho o bien tener excusas de determinado tipo.
Te pueden despedir... pero no de cualquier manera
Se ha hablado mucho de los ERTE-covid y se ha insistido tanto en el compromiso de mantenimiento del empleo por seis meses, que muchas personas afectas a esos ERTE han creído que su puesto está temporalmente blindado. Pero no es así.
En cuanto al blindaje que proporcionan algunas situaciones, como el embarazo, hay que tener en cuenta que esto es solamente una protección relativa frente al despido. Te lo explicamos.
ERTE-covid: cabe el despido, incluso improcedente
Si tu empresa ha hecho un ERTE-covid, ha adquirido un compromiso según el cual el Estado corre con las cotizaciones de los trabajadores afectos al ERTE, a cambio de que ella mantenga el empleo en los seis meses posteriores a "desafectarlos". Pero eso no quita para que haya despidos:
- La empresa puede romper el compromiso en cualquier momento y despedirte, incluso sin justificarlo. Solo tendrá que devolver las cotizaciones que se había ahorrado, con intereses y recargos. Si a la empresa no le acaban de salir las cuentas, puede cambiar de opinión y encontrar más ventajas en devolver las cuotas que se ahorró que en mantener el empleo.
- La empresa puede seguir haciendo despidos disciplinarios sin romper su compromiso ni tener que devolver lo ahorrado; para eso tendrías que darle motivos, claro (como incumplimientos repetidos de tus obligaciones, etc.).
- Tampoco se considera roto el compromiso si la empresa te despide estando en riesgo de concurso de acreedores, lo que desgraciadamente no será raro estos días.
- Además, en las empresas que desarrollen trabajos sujetos a mucha “variabilidad o estacionalidad”, puede estudiarse si el despido ha roto el compromiso o no según cada caso en cuestión.
- Si tenías un contrato temporal y se acaba porque expira el tiempo convenido, acaba la obra o servicio para la que trabajabas o el trabajo no puede realizarse de inmediato, tampoco se incumple ninguna obligación.
- En principio, los seis meses de salvaguarda del empleo empiezan a contar desde el momento en que cualquier trabajador afectado por el ERTE-covid es reincorporado a filas; o sea, que si no eres de los primeros en salir del ERTE, sino de los últimos, tus seis meses quedarán recortados.
- Y ya por último, y aunque sea un poco obvio, recuerda que si en tu empresa han hecho un ERTE-covid para una parte de la plantilla, las salvaguardas solo operan para esa parte y no para los demás, que están tan expuestos al despido como de costumbre.
Personas "protegidas": solo despido disciplinario o por causas objetivas
Hay algunas situaciones en las que se impide al empresario hacer despidos injustificados, para que el despido no tenga tintes de represalia.
Si te ves representado dentro de la lista siguiente, solo te pueden despedir si es por causas disciplinarias o por causas objetivas (ya sean económicas, técnicas, organizativas o de producción). Por desgracia, estas últimas abundan hoy día, así que a menudo no hará falta buscar muy lejos para encontrar excusas para despedir:
- Mujeres que acrediten ser víctimas de violencia de género por alguno de los medios reconocidos por la normativa.
- Mujeres embarazadas desde el primer día de gestación hasta que el bebé cumple doce meses y hombres desde que comienzan su permiso de paternidad hasta que el niño cumple doce meses.
- Adoptantes de niños menores de 12 años desde el día de la adopción hasta pasados doce meses, siempre que disfruten de los permisos por adopción.
- Personas que han pedido una reducción de jornada y salario para cuidar de hijos menores de 12 años, de discapacitados a los que guarden legalmente o de parientes impedidos de hasta segundo grado.
- Personas que han tomado una excedencia para cuidar de un hijo hasta que cumpla la edad de tres años como mucho, o de un familiar de hasta segundo grado, por espacio de hasta dos años.
- Personas que se han convertido en delegados del personal o miembros del comité de empresa (la protección dura mientras dura su cargo y hasta un año después de dejarlo).
- Personas que han denunciado irregularidades ante la Inspección de Trabajo, con independencia de que el resultado de la investigación les dé la razón o no.
En cuanto a la posibilidad de que te despidan mientras estás de baja por enfermedad o accidente, sentimos decir que también es posible y perfectamente legal, aunque podría declararse improcedente (lo que merece la indemnización más alta).
#NoCuela que no te puedan despedir
En resumen... si prensabas que por tus circunstancias personales, laborales o por la situación de la empresa tú estabas protegido frente al despido, sentimos desilusionarte, pero ese blindaje es algo que, a día de hoy, #Nocuela.