Solicitud de excedencia por cuidado de hijo
Los trabajadores tienen opciones para tratar de conciliar de la mejor manera posible su vida personal y profesional, por ejemplo, tienen derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, a contar desde la fecha de nacimiento o de la resolución de adopción. Es un derecho, así que tu empresa no puede negarse a concedértela, pero mientras dure la excedencia, no recibirás salario. Puede durar hasta 3 años contados desde el nacimiento del niño o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. El puesto de trabajo se reserva durante los primeros doce meses de excedencia (quince meses para el trabajador con familia numerosa de categoría general y dieciocho si es especial). Además, cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho meses). Después, se garantiza la vuelta a un puesto quizás diferente, pero del mismo grupo profesional de categoría equivalente.
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