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Tasa de basura en Madrid: los recibos desde septiembre

Desde el pasado mes de abril los ayuntamientos deben contar con una tasa que cubra el coste real de todas las actividades relacionadas con la gestión de las basuras y que además contemple cierta personalización, para responder al principio de quien contamina, paga. En Madrid puede darse el caso de que tenga que pagar mucho quien no contamina tanto… solo por vivir donde vive. Por eso, para OCU,la tasa de basuras en la capital es desequilibrada e injusta. A partir de septiembre empezaremos a recibir los recibos con lo que debe pagar cada propietario.

27 agosto 2025
cubos

El pasado abril se cumplió el plazo establecido por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, para que todos los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes  cuenten con una tasa de basuras que refleje el coste real de este servicio. En casi todas las ciudades ya existe una tasa de basura, pero en bastantes casos su importe estaba lejos de reflejar el coste del servicio. Y en otros municipios, como en Madrid, las viviendas estaban exentas de pagar la tasa.

A lo largo de los últimos meses se han actualizado muchas ordenanzas, pero en el caso de Madrid hasta ahora no se había completado toda la información, con lo que no conocíamos el impacto real de esta nueva tasa. Y la personalización, por barrios, se ha hecho con un criterio original, y bastante controvertido.

La tasa de basuras en Madrid: original...e injusta

Hasta ahora, los residentes en el municipio de Madrid carecían de una tasa de basuras específica para este servicio. Pero obedeciendo a la nueva norma, debe implantarse para costear todas las actividades relacionadas con la gestión de las basuras (recogida, transporte, tratamiento, mantenimiento de vertederos, campañas de concienciación...). Acabamos de conocer los detalles de cómo se aplica la tasa en Madrid, para responder además a la requerida "personalización", pero el problema es que los criterios elegidos en Madrid no son realmente justos. El resultado es que se producen grandes diferencias de precio según los barrios, y se da el caso de que vecinos puedan tener que pagar por unas basuras que en realidad no están generando.

Desde hoy la tasa de basuras que se paga en Madrid se calcula, de entrada, según el valor catastral de la vivienda, lo que ya es bastante novedoso, si bien no es el único lugar donde se hace. Esto determina una “parte fija” del importe de la tasa, pero para ajustarse más al coste real del servicio para cada usuario, se busca individualizar la tasa, y para ello combina otros dos criterios: la generación de residuos por barrios y la calidad de la separación de las basuras en cada distrito.

A nuestro juicio se trata de un cálculo original, sí, pero también injusto. Además hay que tener en cuenta que este es un nuevo coste que debe pagar el ciudadano, sin que los costes o la calidad del servicio se haya mejorado ni se hayan rebajado otros impuestos, como el IBI, de una manera proporcionada al coste de la nueva tasa. 

¿Cuánto pesan los criterios?

Valor catastral de la vivienda. A partir de la valor catastral se establece la parte fija de la tasa, y oscila entre 34,53 euros de la vivienda con un valor catastral de como mucho 42.800 euros, a los 182,61 euros en las viviendas con valor catastral de hasta 216.800 euros. Por encima de esa cifra, el importe se establece en un 0,0995% del valor catastral del inmueble.

Generación de residuos por barrios.

Además, se establece una cuota adicional en función del barrio en que se viva y el número de habitantes de la vivienda: en concreto, las cifras se han calculado en función de la cantidad de residuos que se generan en cada uno de los 131 barrios por persona, unas cifras que oscilan entre los más de 939 kg por habitante y año en Sol, y los 490 de Cortes (ambos en el centro) a los apenas 91 de Vinateros, en Moratalaz.

Información del Ayuntamiento sobre los residuos generados por barrios

Esas grandes diferencias pueden explicarse por la incorporación de residuos cuyo origen no es estrictamente residencial (pisos turísticos, comercios o negocios cuya recogida de residuos se hace de forma conjunta con la recogida ordinaria), el resultado es una fuerte penalización para algunos vecinos, quienes viven en barrios más céntricos, con mayor actividad turística o comercial...

Calidad de la separación. Además, sobre esta cuota variable por generación se aplica un factor corrector que depende de la calidad de la separación realizada por los  vecinos. Aquí no se distingue por barrios, sino que, en función del porcentaje de residuos separados correctamente en cada distrito se aplica un corrector otro.

La información que ha facilitado el Ayuntamiento muestra unos coeficientes de calidad de separación muy bajos en todos los distritos. El que mejor lo hace es Moratalaz, que separa bien un 21,22% de los residuos. El resultado es que lo que podría ser un factor reductor del importe a pagar, se convierte en un factor multiplicador (de un 50 a un 70%, según el distrito).   

¿Cuándo comienza a cobrarse?

A partir de septiembre de 2025, los propietarios de inmuebles en Madrid empezarán a recibir los recibos de la nueva tasa de basuras.

La primera notificación llegará de forma individual y habrá un plazo de dos meses para pagarla.

  • Primer año (2025): el pago será en una sola cuota.
  • Desde 2026: el recibo podrá domiciliarse y también se permitirá fraccionar el pago, igual que ocurre con el IBI.

¿Cuánto supone la tasa?

En la tabla puedes ver un ejemplo de lo que cuesta la tasa en los distintos barrios de Madrid. Lo calculamos para una vivienda con  un valor catastral de 119,000 (valor medio de Madrid), tanto si está ocupado por una sola persona, o por 3 personas: las diferencias rondan el 48% si hay menos gente, y el 126%, en una vivienda que cuente con tres habitantes.

Precio de la tasa de basuras para una vivienda media en 131 barrios
Barrio

Valor catastral 119.000

1 persona

Valor catastral 119.000

3 personas

Arganzuela
Imperial 129 150
Chopera 129 150
Legazpi 129 150
delicias 129 150
Atocha 129 150
Acacias 132 159
Palos de La Frontera 132 159
Barajas
Alameda de Osuna 129 150
Corralejos 132 159
Casco histórico de Barajas 135 167
Timón 135 167
Aeropuerto 160 241
Carabanchel
Buenavista 132 159
Abrantes 132 159
Comillas 135 167
Vista Alegre 135 167
Puerta Bonita 135 167
Opañel 160 241
San Isidro 160 241
Centro
Embajadores 135 167
Palacio 160 241
Cortes 160 241
Justicia 160 241
Universidad 160 241
Sol 190 331
Chamartin
Ciudad Jardin 132 159
Hispanoamerica 132 159
Prosperidad 135 167
Nueva España 135 167
Castilla 135 167
El Viso 160 241
Chamberí
Gaztambide 129 150
Arapiles 129 150
Ríos Rosas 135 167
Vallehermoso 135 167
Trafalgar 160 241
Almagro 160 241
Ciudad Lineal
Costillares 129 150
Pueblo Nuevo 132 159
Quintana 132 159
La Concepcion 132 159
San Pascual 132 159
San Juan Bautista 132 159
Colina 132 159
Atalaya 132 159
Ventas 135 167
Fuencarral El Pardo
Pilar 129 150
Peñagrande 132 159
La Paz 132 159
Valverde 132 159
El Pardo 160 241
Fuentelarreina 160 241
Mirasierra 160 241
El Goloso 160 241
Hortaleza
Palomas 132 159
Piovera 132 159
Canillas 132 159
Pinar del Rey 132 159
Valdefuentes 132 159
Apóstol Santiago 135 167
Latina
Carmenes 132 159
Lucero 132 159
Aluche 132 159
Puerta del Angel 135 167
Aguilas 135 167
Campamento 160 241
Cuatro Vientos 160 241
Moncloa-Aravaca
Argüelles 132 159
Casa de Campo 135 167
Valdezarza 135 167
Ciudad Universitaria 160 241
Valdemarín 160 241
Aravaca 160 241
El Plantío 190 331
Moratalaz
Pavones 128 146
Horcajo 128 146
Marroquina 128 146
Media Legua 128 146
Fontarron 128 146
Vinateros 128 146
Puente de Vallecas
San Diego 132 159
Palomeras Sureste 132 159
Portazgo 132 159
Palomeras Bajas 135 167
Numancia 135 167
Entrevías 160 241
Retiro
Pacifico 132 159
Adelfas 132 159
Estrella 132 159
Ibiza 132 159
Niño Jesus 132 159
Los Jeronimos 135 167
Salamanca
Goya 135 167
Fuente del Berro 135 167
Lista 135 167
Castellana 135 167
Recoletos 160 241
Guindalera 160 241
San Blas Canillejas
Arcos 129 150
Rosas 129 150
Canillejas 129 150
El Salvador 129 150
Simancas 132 159
Hellin 132 159
Amposta 132 159
Rejas 132 159
Tetuán
Bellas Vistas 132 159
Cuatro Caminos 135 167
Castillejos 135 167
Valdeacederas 135 167
Berruguete 135 167
Almenara 160 241
Usera
Orcasitas 129 150
San Fermín 129 150
Almendrales 129 150
Moscardó 129 150
Zofío 129 150
Pradolongo 129 150
Orcasur 132 159
Vicálcaro
El Cañaveral 129 150
Valderrivas 132 159
Valdebernardo 135 167
Casco Histórico Vicalvaro 160 241
Villa de Vallecas
Ensanche de Vallecas 132 159
Santa Eugenia 135 167
Casco Histórico de Vallecas 160 241
Villaverde
San Cristobal 129 150
Butarque 132 159
Casco Hco. Villaverde 160 241
Los Rosales 160 241
Los Angeles 160 241

Algunos casos especiales

  • Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción quedan exentos del pago de la tasa de basura. Para ello deben identificarse cada año como beneficiarios antes del 1 de marzo. En 2025 de forma excepcional han abierto un nuevo plazo en abril que finaliza el día 15 de abril.
  • Las familias numerosas también pueden reducir la tasa de basuras. La exención llega al 90% de la cuota para vivienda con valor catastral de hasta 204.000 euros, aunque los descuentos se reducen para importes mayores.
  • Las viviendas vacías solo deberán asumir la parte fija de la tasa que depende del valor catastral de la vivienda, aunque para ello deberán solicitarlo.

¿Y que pasa con las viviendas alquiladas?

El Ayuntamiento de Madrid establece que, en general, la tasa de basuras la paga el propietario del inmueble. No obstante, también se ha indicado que el propietario puede repercutir este coste al inquilino, siempre que así figure de forma expresa en el contrato de arrendamiento. Se trata de una cuestión espinosa, atendiendo a la ley aplicable, basada en el principio "quien contamina paga" pondría deducirse que son los inquilinos los que deben hacerse cargo, si bien, estos puedes aducir que la tasa no estaba contemplada en el contrato previamente firmado.

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